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Exclusivo: Apelan a sobreseimiento definitivo a médicos imputados por muerte de Lisette Villa Poblete

Por: Daisy Castillo Triviños

El 29 de agosto de 2019, el Magistrado del 7° Juzgado de Garantía, Patricio Álvarez Maldini, decretó el sobreseimiento definitivo de cuatro médicos imputados como responsables de la muerte de la menor, Lissette Villa Poblete, quien falleció en el Cread Galvarino, entidad dependiente del Sename.

Hoy lunes 30 de septiembre, la Corporación Sofini, apelará en la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones, a dicha resolución adoptada por el juez, Patricio Álvarez, la que se basó en el artículo 250 letra A) y b) del Código Procesal Penal, que señala: A) “Cuando el hecho investigado no fuere constitutivo de delito  y B) “cuando apareciere claramente la inocencia del imputado”. A esos dos artículos se ajustó el Juez Álvarez para sobreseer a los médicos.

“Cápsula Informativa” accedió en exclusiva al documento completo de la apelación, texto en el que se indica que “si esta resolución no es revocada, hará imposible que los médicos que atendieron a la niña en el Hospital San Borja Arriarán concurran a juicio oral y sea un Tribunal Independiente el que pondere las pruebas que, a nuestro juicio, los señalan como responsables directos de la muerte…”.

Se indica en la apelación que los médicos imputados son: Laura Catalina Kamei Torres, Médico-Psiquiatra Infanto-Juvenil, Scarlet Amalia Witting Enríquez, Médico-Neuróloga Infanto-Juvenil; Alejandra Paola Hernández Gómez, Médico-Neuróloga Infanto-Juvenil, y Karen Alejandra Ulloa García, Médico-Psiquiatra Infanto-Juvenil.

¡Fármacos que no correspondían!

Hay que señalar que el 14 de noviembre de 2014, Lissette Villa Poblete ingresó al centro de reparación especializado bajo administración directa del Servicio Nacional de Menores (Sename), conocido como CREAD Galvarino, por medida de protección decretada por el Tribunal de Familia de Colina, luego de que fuera dada de alta  desde la Unidad de Hospitalización Psiquiátrica de Corta Estadía del Hospital San Borja Arriarán, donde estuvo hospitalizada dos meses a causa de la grave condición psiquiátrica y psicológica que la afectaba.

Desde noviembre de 2014, hasta el momento de su muerte, -11 de abril de 2016-, Lisette permaneció bajo custodia de funcionarios del Estado de Chile, bajo dependencia administrativa tanto del Servicio Nacional de Menores, como del Ministerio de Salud (Hospital San Borja Arriarán).

El médico psiquiatra y presidente de la Corporación Sofini, Rodrigo Paz, en entrevista con “Cápsula Informativa” asegura que la responsabilidad que les cabe a los cuatro médicos imputados por cuasi delito de homicidio, obedece a los fármacos que le suministraron a Lisette Villa Poblete. “Prescribir a su paciente dosis de Olanzapina de 30 mg al día, en circunstancias que, en adultos, la dosis máxima recomendada es de 20 mg y este fármaco no está aprobado para uso en niños. El prescribir dosis sub terapéuticas de Carbonato de Litio (Litemia 0,4 en circunstancias que, para ser terapéutico en términos de prevenir agitación psicomotora, la dosis de litio debe llegar a niveles sobre 0.6”.

Añade que, otra razón, es “por prescribir, Sertralina, fármaco antidepresivo contraindicado en niños con episodios recurrentes de agitación psicomotora. Estas negligencias fueron determinantes en causar la muerte de Lissette Villa Poblete “.

Rodrigo Paz sostiene que “las pruebas que tenemos en contra de estos médicos son contundentes. Tenemos pruebas de que, por lo menos, uno de los médicos (Laura Kamei) no sólo indicó fármacos no aprobados para uso en niños menores de 13 años, como es la Olanzapina, no aprobado por la FDA. Hay abundante evidencia que en niños, este fármaco tiene efectos sobre la salud, provocando un síndrome metabólico que lleva a una obesidad muy grave y complicaciones cardio-vasculares”.

Agrega que los efectos de las anomalías metabólicas “se tradujeron en que, en menos de dos años, la niña de tener un peso normal, desarrolló una obesidad mórbida que fue la que, finalmente, le causó la muerte. En el informe final de la autopsia, se constató que Lisette tenía una hepatitis grasa y una infiltración grasa de todo el tejido medio-cardio que le provocó una miocarditis y, finalmente, una muerte por fibrilación ventricular”.

-¿Cómo se entiende que quiénes “se supone” son especialistas en sus respectivas áreas médicas, prescriban remedios no aprobados por organismos internacionales para el uso en niños?, ¿eso, es o no, negligencia?

Nosotros, lo que le imputamos a la doctora (Laura) Kamei y hay pruebas en la carpeta investigativa, de que no sólo indicó este fármaco, tuvo evidencia de que Lisette estaba presentando una obesidad mórbida y tuvo pruebas de que la niña estaba presentando una hepatitis farmacológica.

-¿Cuál es la responsabilidad que les cabe a los otros tres médicos que ustedes como querellantes imputan cuasi delito de homicidio?

La doctora, Scarlet Witting fue testigo un año antes de la muerte de Lisette que estaba presentando crisis convulsiva, le solicitó un electroencefalograma y después de días de fallecer la niña, se le dio hora para el examen. Si como médico determinas que tu paciente está presentando una crisis convulsiva, está con una obesidad mórbida, está siendo medicada con un fármaco que no es aprobado ni por la FDA ni por la Asociación Europea, uno actúa rápido frente al paciente, pero ella no hizo nada.

-¿Y qué pasa con los otros dos médicos?

Está la doctora, Karen Ulloa, quien estuvo a cargo del tratamiento de Lisette cuando estuvo hospitalizada dos meses en el Hospital San Borja Arriarán. La menor ingresó en septiembre de 2014, a la Unidad de Corta Estadía de este hospital, por indicación de la doctora, Laura Kamei, para supuestamente estabilizarla. Durante esos dos meses, la doctora Ulloa constató que la Olanzapina que se la había recetado a Lisette estaba con una sobredosis y que implicaba bajar la dosis, pero la doctora Ulloa en la declaración que hizo a la Fiscalía, se contradijo señalando que había que bajar la dosis de Olanzapina, porque le estaba provocando hepatitis y sobre peso, después dijo que la Olanzapina no causa ningún problema y que estaba bien indicada. La doctora Ulloa, claramente, está encubriendo a la doctora (Laura) Kamei.

-¿Y la doctora, Paola Hernández –una de las cuatro médicos que ustedes que querellantes responsabilizan de cuasi delito de homicidio-?

Esta doctora vio a la niña (Lisette Villa Poblete), cuando fue dada de alta y fue controlada en el policlínico del Hospital San Borja Arrarán, la vio en dos oportunidades y le mantuvo todas las indicaciones que le causaron la muerte, repitió las indicaciones. Además, la doctora Hernández y Laura Kamei, le prescribieron Sertralina que es un antidepresivo contra indicado en niños y adolescentes que presentan episodios frecuentes de agitación. Resulta que estas dos médicos que controlaban a Lisette, en el policlínico, viendo que la niña presentaba múltiples episodios de agitación (previo a su muerte tuvo 172 episodios de agitación psicomotora y, de ellos, al menos, 140 requirieron contenciones físicas), sabían que esta menor, durante meses, registraba esos episodios y no le suspendieron el fármaco que muy, probablemente, estaba causando o agravando esta agitación.

-¿Qué más ocurrió?

Le prescribieron Carbonato de Litio, que es un fármaco aprobado para uso en niños que presentan agitación, inestabilidad emocional de difícil tratamiento, pero el problema es que el único medicamento que sí estaba indicado, se lo dieron en una dosis sub-terapéutica.

-¿Eso, qué significa, en la práctica?

Significa que, al momento de su muerte, y en los controles anteriores cuando se le midieron los niveles de Litio en la sangre, estaba la Litemia en el rango de 0,4 mil equivalentes por litro y resulta que para que el Carbonato de Litio haga efecto, la concentración en la sangre tiene que estar entre 0.6 y 1.0 equivalentes por litro. O sea, en otras palabras, le dieron un fármaco no aprobado para uso en niños en dosis, además, no aprobadas para uso en adultos, le estaban dando 30 mg de Olanzapina, en circunstancias que, en adultos, la dosis máxima es de 20 mg. Le prescribieron un fármaco que aumenta la agresividad y la inestabilidad emocional y el único fármaco que sí estaba indicado, se lo dieron en una dosis que no era terapéutica. Si a Lisette, se le hubiera suspendido la Sertralina y la Olanzapina y se le hubiera dado una dosis de Litio, en rango terapéutico, probablemente, no habría presentado 172 episodios de agitación psicomotora que la llevaron a la muerte.

-¿Y, entonces, estaría viva esta pequeña que estuvo en la red del Sename?

Exacto. La negligencia que hay, en este caso, es triple, se le da un fármaco no aprobado para uso en niños y, además, en dosis no aprobadas para adultos. Se le indica un medicamente que, claramente, está asociado a un riesgo mayor de presentar agitación (Sertralina) y el único medicamento que sí podía haberle servido, se lo dieron en una dosis sub-terapeútica.