Por: Equipo “Cápsula Informativa” Hasta el 30 de septiembre se extiende la posibilidad de solicitar la suspensión laboral bajo el beneficio Nueva Crianza Protegida, tras la ampliación del estado de excepción constitucional. Así, madres, padres y cuidadores de niños en edad preescolar que no puedan retornar asus empleos para ejercer este derecho, tendrán la posibilidad de suspender sus contratosde trabajo por un período de tres meses y recibir prestaciones excepcionales. Para acceder a Nueva Crianza Protegida, beneficio vigente desde el 14 de junio, eltrabajador/a debe haber cursado, al menos, una licencia médica preventiva parental(LMPP) y registrar un mínimo de cotizaciones: -3 cotizaciones continuas e inmediatamente anteriores al mes en que comienza aregir la suspensión.-O bien, 6 cotizaciones mensuales continuas o discontinuas durante los últimos docemeses. Las dos últimas deben ser con el mismo empleador en los mesesinmediatamente anteriores al comienzo de la suspensión. Otros datos El proceso de suscripción se realiza de manera 100% digital en el portal pactos.afc.clsólo en el caso de trabajadores/as del sector privado, regidos bajo el Código del Trabajoy afiliados al Seguro de Cesantía. En el caso de los trabajadores del sector público eindependientes, la tramitación se realiza a través del organismo empleador y del Institutode Previsión Social (IPS), respectivamente. Cabe señalar que la licencia médica preventiva parental debe estar tramitada y finalizadaa la fecha de inicio de la suspensión. Además, la licencia debe haber sido cursada con elmismo empleador que suscribe el beneficio. Una vez recibida la solicitud de suscripción, AFC notificará si esta fue aprobada orechazada en máximo 10 días, en base al cumplimiento de requisitos y la validación de lainformación de la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso). El beneficio Los trabajadores que cumplan con estos requisitos tendrán derecho a percibir por hastatres meses una prestación excepcional, que se calculará a partir del pago que recibió el ola trabajadora por la licencia médica preventiva parental: Monto mensual de la licencia Monto mensual a recibirHasta $1.000.000 100% en base al monto de la licenciaMás de $1.000.000 Monto mayor entre el 70% de lo recibido como licencia o $1.000.000 La suspensión por Nueva Crianza Protegida se financia en su totalidad con cargo al Fondode Cesantía Solidario, sin utilizar los montos de la Cuenta Individual de Cesantía deltrabajador, a diferencia de la suspensión laboral contemplada originalmente en la Ley deCrianza Protegida y en la Ley de Protección del Empleo. Pasos a seguir Aviso al empleador En primer lugar, la trabajadora o trabajador que cumpla con los requisitos y quiera optar a los beneficios de Nueva Crianza Protegida, deberá comunicar al empleador por escrito que hará uso de este derecho, acompañando los antecedentes requeridos para la solicitud y que se detallan en el sitio web de AFC Chile. Ingreso de solicitud Luego, el empleador cuenta con un plazo de dos días para ingresar la solicitud ante la AFC para que el afiliado acceda a las prestaciones. Para ello, el empleador debe solicitar la suspensión en el portal pactos.afc.cl y seleccionar la causal “Nueva Crianza Protegida”.Solicitud para trabajadoras/es suspendidos actualmente bajo Crianza Protegida También pueden optar al beneficio los trabajadores que actualmente estén suscritos asuspensión laboral bajo la causal de Crianza Protegida, debido al cierre de salas cunas,jardines infantiles o colegios en contexto de pandemia. Quienes estén bajo esta modalidad y hayan hecho uso al menos de una licencia médicapreventiva parental a partir del 18 de marzo de 2020, deben informarsecomparativamente sobre los beneficios de esta nueva ley y los montos involucradosrespecto a los beneficios que percibe en la actualidad. Si el trabajador cumple con los requisitos y comunica al empleador que optará por losbeneficios de Nueva Crianza Protegida, este último tiene dos días hábiles para realizar lasuscripción. Una vez realizada la nueva solicitud en pactos.afc.cl, AFC revocará automáticamente elbeneficio vigente y le enviará la notificación de aprobación. El trabajador/a recibirá suprimer giro de Nueva Crianza Protegida conservando la fecha de pago del beneficioanterior. Trabajadoras/es que requieran solicitar el beneficio directamente en AFC Si el empleador no presenta la solicitud dentro de los dos días hábiles tras recibir el avisopor parte del trabajador, este último tiene la posibilidad de solicitar directamente elbeneficio ante AFC, la cual notificará al empleador para que en un plazo de 2 días hábilesinicie el trámite de suspensión laboral por Nueva Crianza Protegida. Para ello, el trabajador debe ingresar al Portal del Trabajador, disponible en www.afc.cl yentregar la documentación requerida para hacer válida la solicitud. Navegación de entradas Ministro Delgado reitera postura del Ejecutivo por indulto a detenidos: “En Chile no existen los presos políticos” ¡Portazo a Gendarmería! Llamado al Gobierno para no incorporarla en nuevo Ministerio de Seguridad Pública