Simpertigue
Tribunales

Este lunes 22 se verá Acusación Constitucional en contra de ministro Simpertigue

La Sala del Senado está convocada para tratar esta materia en dos sesiones consecutivas que se desarrollarán de 10 a 14 horas y de las 15 horas hasta total despacho.

A partir de las 10 horas de este lunes 22 de diciembre, la Sala del Senado comenzará el análisis de la acusación constitucional deducida en contra del ministro de la Corte Suprema Diego Simpertigue Limare, por notable abandono de deberes.

Tal como está establecido en la normativa vigente, el Senado debe actuar como jurado y resolver si existen o no las causales contenidas en el libelo que acusa al magistrado de faltar a sus deberes de probidad, abstención e imparcialidad.

Entre las 10 y las 14 horas, la Sala escuchará la relación que efectuará el Secretario General del Senado, Raúl Guzmán, por el término de sesenta minutos, para luego oír, hasta por sesenta minutos a los miembros de la Comisión designada por la Cámara de Diputados para formalizar la acusación que estará integrada por la diputada Carolina Tello y los diputados Daniel Manoucheri y Jorge Rathgeb.

A continuación, se escuchará a la defensa del acusado por sesenta minutos y luego los diputados acusadores podrán realizar la réplica y, posteriormente, la defensa podrá hacer su dúplica, otorgándose treinta minutos a cada parte para tales efectos.

LO QUE YA PASÓ

La Acusación Constitucional contra el ministro de la Corte Suprema, Diego Simpertigue, fue aprobada por la Cámara de Diputados el pasado 16 de diciembre de 2025 y ahora se encuentra en manos del Senado.

Este juicio político es parte de una crisis profunda en el Poder Judicial chileno y se basa en el cargo de “notable abandono de deberes”. Aquí te detallo los motivos específicos que originaron esta acusación:

1. Los “Cruceros del Mediterráneo” (Conflicto de Interés)

El punto central y más polémico es la relación de cercanía entre el ministro Simpertigue y abogados de causas que él mismo falló.

  • El viaje: Se le acusa de haber realizado al menos dos viajes en cruceros de lujo por Europa junto al abogado Carlos Eduardo Lagos Herrera.   

  • El agravante: El viaje se habría iniciado solo dos días después de que el ministro dictara una resolución que ordenaba un pago millonario a favor de una empresa defendida por ese mismo abogado (el consorcio Belaz-Movitec SpA, vinculado a la arista de la “muñeca bielorrusa”).

  • 2. Falta de Inhabilitación (Probidad e Imparcialidad)

    La acusación sostiene que Simpertigue violó el deber de imparcialidad al no excusarse de ver causas donde participaban sus amigos cercanos.   

    • Causas clave: El fiscal judicial formuló cargos porque el ministro participó en la vista de causas donde los abogados Lagos y Vargas eran patrocinantes, dictando resoluciones que favorecieron a sus clientes.

    • Vínculo estrecho: La investigación determinó que existía una “estrecha cercanía y familiaridad” que obligaba legalmente al ministro a inhabilitarse para asegurar un juicio justo.
    • Vínculos con el “Caso Fundamenta”

      También se le cuestiona por su rol en el Caso Fundamenta (un millonario proyecto inmobiliario en Plaza Egaña). Se detectó que el ministro navegó con los mismos abogados involucrados en esta causa tras haber fallado a favor de la inmobiliaria, lo que ha sido calificado como una falta grave a la prudencia y la ética judicial.

    • Estado actual de la situación:

      • En el Congreso: La Cámara de Diputados ya aprobó la acusación. Ahora el Senado debe actuar como jurado. Si el Senado lo encuentra culpable, Simpertigue será destituido de su cargo y quedará inhabilitado para ejercer funciones públicas por 5 años.   

      • En el Poder Judicial: Paralelamente, el fiscal judicial de la Corte Suprema ya cerró un sumario administrativo formulándole tres cargos por infracciones a la probidad. El ministro se encuentra actualmente suspendido de sus funciones.

      • ¿Por qué es importante?
      • Este caso se suma a la caída de otros ministros (como Ángela Vivanco y Sergio Muñoz) y ha generado una sensación de “corrupción sistémica” en el máximo tribunal. La oposición y el oficialismo han coincidido en que estas prácticas de “favores, asados y viajes” entre jueces y abogados socavan la confianza en la justicia chilena.

LA DEFENSA

La defensa del ministro Diego Simpertigue, liderada por sus abogados, ha intentado desestimar los cargos basándose en tres ejes principales. Su estrategia consiste en separar la amistad personal del ejercicio jurisdiccional, argumentando que no se ha probado un intercambio de “favores por sentencias”.

1. “La amistad no es delito”

La defensa sostiene que la relación con el abogado Carlos Lagos Herrera es una amistad de larga data (más de 20 años) que nació en el ámbito académico y profesional antes de que Simpertigue llegara a la Corte Suprema.

  • El argumento: Afirman que tener amigos abogados es algo común para un juez y que la ley exige una “amistad íntima” con beneficios económicos directos para forzar una inhabilitación, lo cual, según ellos, no se ha acreditado.

  • 2. Los cruceros fueron “pagados por él”

    Sobre los polémicos viajes por el Mediterráneo, la defensa ha presentado cartolas bancarias y comprobantes para intentar demostrar que:

    • Autofinanciamiento: Simpertigue asegura que él pagó sus propios pasajes y gastos del crucero, y que el hecho de coincidir en el mismo barco con el abogado Lagos fue una decisión de grupo de amigos, no un “regalo” del abogado a cambio de un fallo.

    • Transparencia: Argumentan que nunca ocultó los viajes (las fotos incluso circulaban en redes sociales de familiares), lo que demostraría que, a su juicio, no había nada ilegal que esconder.

    • 3. El fallo técnico (Caso Belaz-Movitec)

      Respecto a la resolución que favoreció al consorcio bielorruso justo antes del viaje:

      • Fallo colegiado: La defensa insiste en que las sentencias de la Corte Suprema no las dicta una persona sola, sino una sala compuesta por 5 ministros. Argumentan que es imposible que Simpertigue haya “controlado” la voluntad de los otros cuatro jueces para favorecer a su amigo.

      • Fundamento jurídico: Sostienen que el fallo fue estrictamente técnico y basado en derecho, por lo que no habría un “perjuicio al Estado” motivado por la amistad.