Recurso de Protección contra Mañalich por negar acceso a tratamiento con Hidroxicloroquina y Azitromicina a adultos mayores en alto riesgo de muerte
Por: Daisy Castillo Triviños
Un nuevo flanco se abre para el cuestionado Ministro de Salud, Jaime Mañalich, quien a diario recibe críticas por la ligereza con la que cambia sus declaraciones, un día sí, al otro día, no. Basta recordar su negativa inicial a cerrar los colegios, luego habló del uso de mascarillas sólo en casos puntuales y, ahora, de manera ferviente llama a usar ese implemento de protección la mayor parte del tiempo.
Así de cambiante ha sido su actitud ante la Pandemia mundial del Covid-19, que también llegó a Chile y hemos sido testigos de las improvisaciones del Gobierno.
Y ahora, Mañalich tendrá que responder ante la justicia si es declarado admisible el Recurso de Protección interpuesto en su contra por el Médico Psiquiatra, Rodrigo Paz, Post Doctorado en Neurociencias UNM (EEUU), Beca MIDEPLAN 2002-2006, Investigador y Docente Centro de Bioética PUC, 1992-1995, y presidente de la Corporación de Desarrollo y Promoción de Niños, Jóvenes y sus Familias (SOFINI).
El libelo, al que “Cápsula Informativa” tuvo acceso en exclusiva, se fundamenta en lo que se califica como “grave omisión en implementar un programa sanitario de emergencia que permita garantizar el acceso oportuno a tratamiento farmacológico con los medicamentos Hidroxicloroquina y Azitromicina a todos los pacientes adultos mayores en alto riesgo de requerir ventilación mecánica, en el contexto de la Pandemia Covid-19, con el objeto de prevenir o, al menos, disminuir el riesgo de que, una vez contraído el virus, el cuadro evolucione a neumonía grave, lesionando en hipótesis de amenaza actual, seria, precisa y concreta, de manera evidente, indiscutible e irremediable, las garantías constitucionales que se encuentran consignadas en el artículo 19 de la Carta Fundamental y protegidos por su artículo 20 mediante esta acción cautelar, en especial, los derechos fundamentales a la vida; a la integridad física; a la integridad psíquica, establecidos todos en el artículo 19 numeral 1º de la Constitución Política, así como el derecho a la protección de la salud, establecido en el artículo 19 número 9”.
Hay que recordar que el 22 de marzo de este año, el Ministro de Salud, Jaime Mañalich, en su cuenta twitter, señaló: “No existe evidencia en respaldo del uso de Hidroxicloroquina en Covid19”. Sin embargo, el 8 de abril se desdijo, afirmando que “podría tener alguna ventaja en pacientes hospitalizados graves para acortar su enfermedad como lo son, especialmente, aquellos conectados a un ventilador mecánico”, para luego afirmar que “no se debe usar en personas que tienen síntomas leves, manejo ambulatorio, como es la mayoría de los pacientes, que no están hospitalizados”.
Sobre este punto, el Dr. Rodrigo Paz, en entrevista con “Cápsula Informativa” señala que “si bien es un avance que el Ministro Mañalich ahora reconozca que el tratamiento con Hidroxicloroquina y Azitromicina sí tiene un lugar en el enfrentamiento de la Pandemia en curso, por otra parte, sus declaraciones resultan tremendamente contradictorias, ya que, analizadas desde un punto de vista meramente lógico, no se entiende que el Ministro afirme que un medicamento que puede curar casos graves no pueda ser tanto o más útil en casos leves”.
Explica que esto, desde un punto de vista clínico, “resulta derechamente iatrogénico, ya que, en un contexto en que el MINSAL-CENABAST administran la totalidad del stock de Hidroxicloroquina Azitromicina disponible para la población –le recuerdo que estos fármacos no están disponibles hoy día en las farmacias en Chile- que MINSAL, en los hechos, impida el que adultos mayores en alto riesgo de Neumonía Covid-19 puedan recibir tratamiento precoz con estos fármacos, si sus médicos tratantes lo consideran necesario, resulta abiertamente atentatorio, tanto contra la salud individual como contra la salud pública, el que el Estado limite, de manera ilegal y arbitraria, el uso de un medicamento antiviral a etapas tardías de la infección, en que el patógeno se encuentra diseminado en todo el organismo y el daño es avanzado, al mismo tiempo que impide el acceso a tratamiento en etapas precoces, cuando es más útil y necesario”.
Rodrigo Paz advierte que “la denuncia de esta arbitrariedad, sin fundamento lógico ni menos clínico epidemiológico, es lo que se encuentra en el corazón del Recurso de Protección interpuesto el 15 de abril ante los Magistrados de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago. De eso se trata en definitiva este recurso; de establecer hasta dónde el Estado puede, no sólo negar el acceso a un tratamiento que el mismo Ministro reconoce ahora que es eficaz, restringiendo su uso a etapas tardías de una enfermedad potencialmente letal en que su eficacia es menor, sino también el hacerlo vía monopolizar el stock disponible de medicamentos en Chile, impidiendo que, al menos, cada paciente afectado pueda, en diálogo informado con su médico tratante, decidir lo que mejor le convenga al cuidado de su salud y bienestar. Un escándalo, por donde se lo mire”.
Asimismo, plantea que “el escenario se obscurece más aún, cuando el Ministro Máñalich dice que habrá tratamiento para 300.000 pacientes Covid-19, mientras la Central Nacional de Abastecimiento (Cenabast) declaró que tiene stock correspondiente a 2.250.000 comprimidos de Hidroxicloroquina, equivalentes a tratamientos para 67.500 pacientes. Asunto que está lejos de ser un detalle, dado que se estima que serán, al menos, 250.000 los pacientes que requieran el inicio temprano de esta medicación, antes de que caigan o requieran ventilación mecánica. Y no después, como desliza el Ministro de Salud”.
¿Qué opinión le merece que la Central Nacional de Abastecimiento declarara, de manera textual, que “nuestro compromiso es abastecer oportunamente a toda la red de salud pública tanto de medicamentos como de insumos médicos, por eso hemos adquirido 2.250.000 comprimidos de Hidroxicloroquina, para el tratamiento de pacientes con Covid-19? Eso, no se condice con las declaraciones del Ministro Mañalich.
-Así es, y me parece gravísimo que el Ministro Mañalich prometa acceso a dosis de Hidroxicloroquina correspondientes a tratamientos para 300.000 pacientes, lo que incluso supera los 250.000 tratamientos que le exigimos públicamente, a través de Cápsula Informativa el 24 de marzo y que el mismo día 8 de abril anunció, con bombos y platillos, esta oferta, a toda la prensa, la CENABAST informe, vía su cuenta twitter, que en realidad hay 2.250.000 comprimidos de Hidroxicloroquina correspondientes a 67.500 tratamientos, lejos de los 250.000 que se necesitan más urgentemente y de los 300.000 prometidos por mi colega Máñalich, ya que el tratamiento con Hidroxicloroquina y Azitromicina recomendado por los expertos supone diez días a dosis de 600 mg diarias (es decir tres comprimidos de 200 mg al día), lo cual permitiría tratar a 67.500 pacientes, no a 300.000, como afirmó el Ministro.
Estas contradictorias afirmaciones y “ofertones” del Ministro de Salud, revelan la absoluta falta de la más mínima seriedad que se esperaría de parte de la máxima autoridad sanitaria de un país que enfrenta, como él mismo lo ha reconocido, la mayor amenaza a la Salud Pública de los últimos 100 años, y la improvisada manera en que el MINSAL enfrenta la Pandemia en curso, así como la ausencia de un plan o programa general coherente, sistemático y confiable en materia de salud pública que asegure alternativas de tratamiento eficaces y accesibles para pacientes adultos mayores en alto riesgo de morir de Insuficiencia Respiratoria por falta de acceso a ventilación mecánica, en un escenario en que es inevitable que miles de adultos mayores sin acceso a tratamiento precoz con Hidroxicloroquina Azitromicina evolucionen a Insuficiencia Respiratoria a causa de Infección por Covid19 sin que puedan sobrevivir, dado la escasez de ventiladores”.
En este contexto, el tratamiento precoz con estos fármacos es, como se lo hacemos presente en el escrito a los Magistrados, única esperanza que tienen nuestros adultos mayores más frágiles. Y, es por eso, que recurrimos a los Magistrados de la Corte de Apelaciones a quienes apelamos a fin de que restablezcan el imperio del Derecho y hagan presente al Sr. Ministro Mañalich la gravedad de la amenaza en curso y lo conminen a informar mejor a la población y cumplir con su deber constitucional de resguardar el Derecho a la Protección de la Salud y la Integridad Física y Psíquica de nuestros adultos mayores más frágiles en Chile, quienes hoy ni siquiera saben si podrán o no acceder finalmente a este tratamiento en caso de que sus médicos tratantes lo estimen necesario.
Considerando que el Poder Judicial, ya rechazó un Recurso de Protección en el que se exigía que el Ministro Mañalich decretara Cuarentena en toda la Región Metropolitana, ¿qué tan viable es que este recurso no corra la misma suerte?
-Bueno, creo que se trata de dos situaciones muy diferentes. En el caso de la exigencia de decretar Cuarentena a la Región Metropolitana, hasta el día de hoy existe debate entre los expertos sobre su conveniencia, pero en el caso del tratamiento precoz con Hidroxicloriquina, combinado o no con Azitromicina, incluso aquellos expertos que dudan de la eficacia de este tratamiento, dado es evidente que falta acumular aún más evidencia clínica para poder afirmar con certeza absoluta que es la mejor alternativa terapéutica, todos los expertos coinciden en que, de indicarse este tratamiento debe intentarse en etapas precoces de la infección Covid-19 dado que en infecciones virales graves, es bien sabido que mientras más tarde se inicie el tratamiento menores son las probabilidades de evitar desenlaces fatales.
Hasta el más encarnizado detractor de la confiabilidad de la evidencia clínica y pre clínica que sustenta este tratamiento, no puede si no reconocer que, en caso de intentarse, éste debe comenzar tempranamente en adultos mayores en alto riesgo de evolucionar a la muerte por Insuficiencia Respiratoria. De modo que el único argumento razonable en contra de lo que exigimos hoy al MINSAL, sería objetar que, dado que el tratamiento con Hidroxicloroquina combinado con Azitromicina puede rara vez asociarse a la emergencia de eventuales arritmias cardíacas que exigen que los pacientes tratados sean monitorizados con eletrocardiograma antes, durante y después de los 10 días de tratamiento, puede que sea necesario iniciarlo con el paciente hospitalizado en servicios sanitarios no UCI, o montar un sistema de monitoreo electrocardiográfico ambulatorio que asegure que ningún paciente fallezca por arritmias cardíacas evitables. En definitiva, nada que no pueda ser resuelto clínicamente. Por eso, no tengo muchas dudas en cuanto a que el Recurso de Protección va a ser acogido a tramitación. Después de todo, no estamos pidiendo nada muy distinto a lo que el mismo Ministro Mañalich ya se comprometió públicamente.
Ahora, se trata de que el Poder Judicial fiscalice, vía este Recurso de Protección, que el MINSAL cumpla con lo mínimo necesario para asegurar que en Chile se respete el Derecho a la Salud y la Protección de la Integridad Física y Psíquica de adultos mayores que, privados de tratamiento precoz con Hidroxicloroquina y Azitromicina tienen altísimas probabilidades de morir por Neumonia Covid-19 dentro de las próximos días, semanas y meses. No me imagino teniendo que recurrir a la Corte Inter Americana de DDHH para exigir que el Estado de Chile cumpla con algo tan evidentemente básico.
A su juicio, ¿qué postura debiera asumir entonces el Ministerio de Salud?
-El Ministerio de Salud debe asegurar que el tratamiento precoz con Hidroxicloroquina y Azitromicina esté disponible de manera especial y privilegiada para el grupo de adultos mayores en mayor riesgo de morir por Neumonia Covid19, esto es; los adultos mayores portadores de enfermedades crónicas que hoy viven hogares de ancianos, cárceles y albergues para personas en situación de calle. Tanto el MINSAL, como los organismos a su cargo, tienen que asegurar los recursos médicos y de enfermería, así como las dosis necesarias de Hidroxicloroquina y Azitromicina estén igualmente disponibles de manera expedita. Esto es todo lo que, finalmente, exigimos vía este Recurso de Protección al Derecho a la Salud en medio de la Pandemia viral más grave de los últimos 100 años.
LEA AQUÍ EL RECURSO DE PROTECCIÓN CONTRA EL MINISTRO JAIME MAÑALICH