Christián Alveal
NACIONAL

¡Exclusivo! Otra vez, Director Nacional de Gendarmería no acata fallo de tribunales

Por: Equipo “Cápsula Informativa”

¡Gendarmería, nuevamente en la mira de las denuncias!

Como si se tratara de una historia de nunca acabar, el Director Nacional de la institución, Christián Alveal, vuelve a no acatar el fallo del máximo tribunal del país: la Corte Suprema.

¿El director nacional de Gendarmería creerá que está por sobre la decisión de los Ministros de la Corte Suprema?

¿Alguien le habrá dicho a este director, designado en el cargo por el actual Presidente, Sebastián Piñera, que su jefatura debe respetar las decisiones de los tribunales y que no está por sobre la ley, aunque sus súbditos así se lo hagan creer?

Al parecer, la respuesta es una:

El director nacional, Christián Alveal, a vista y paciencia del propio Ministro de Justicia, Hernán Larraín, hace lo que quiere dentro de la institución.

Y de los ejemplos de su actuar, basta revisar los recursos en su contra presentados en tribunales.

Por ejemplo:

  • 1.- Denuncias de sumarios administrativos contra los funcionarios que se levantan a diario y que se postergan una eternidad, fuera de los plazos establecidos.
  • 2.- Cuando los tribunales ordenan reincorporar a un trabajador, porque su llamado a retiro voluntario no se ajusta a la ley, la práctica desde la dirección de Gendarmería es guardar silencio, como si nada ocurriera.
  • 3.- Y también está el caso de funcionarios que les dicen que se reintegren y no alcanzan a ponerse la bota del uniforme y, curiosamente, aparece un nuevo sumario administrativo en su contra.
Teniente Segundo, Juan Carlos López Cubillos.

Nuevo caso de incumplir fallo: López

El director nacional de Gendarmería sigue sobregirando la cuenta al Ministro de Justicia con los incumplimientos a las sentencias de la Corte Suprema.

A través de la Resolución Exenta RA Nº 142/3193/2019, el director, Christián Alveal, determinó el retiro temporal no voluntario del teniente segundo, Juan Carlos López Cubillos.

La justicia v/s Gendarmería

Lo primero a tener en cuenta, ya que constituye lo medular de esta denuncia, es que el 21 de abril de 2020, la Corte Suprema, en forma unánime, confirmó la sentencia de autos pronunciada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, acogiendo el recurso de protección interpuesto por Juan Carlos López Cubillos, declarando inadmisible el recurso de apelación presentado por Gendarmería, el 1 de abril de este año.

¿Qué establecieron los tribunales?

Un dictamen claro, sin dobles lecturas:

Dejar sin efecto la Resolución Exenta RA Nº 142/3193/2019 que dispuso el Retiro Temporal, citando dicha sentencia en el considerando 11º parte final, lo siguiente: “Que no se supedita a las conclusiones a que pueda arribarse al término del proceso administrativo y/o judicial, y consiguientemente, deberá continuar por todas sus etapas y concluir conforme a derecho, el sumario administrativo incoado por mandato, mediante la Resolución Exenta Nº 2.177, de fecha 01 de octubre de 2019, dirigido contra el actor de causa”.

¿De qué hablamos en concreto?

Que según el fallo de los tribunales, tanto de la Corte de Apelaciones de Valparaíso (Causa Rol Corte Nº 3747 – 2020), como de la Corte Suprema (Rol Nº 42.347 – 2020, el 21 de abril del 2020), a Juan Carlos López Cubillos, se le debe reintegrar a su trabajo en Gendarmería, mientras se mantenga el sumario.

Esto, porque la Resolución Exenta RA Nº142/3193/2019, se aplicó como una medida disciplinaria al margen del debido proceso.

López en primera persona

En conversación con “Cápsula Informativa”, el teniente segundo, Juan Carlos López, señala que la sentencia en primera instancia Rol 3747 – 2020 y confirmada en segunda instancia Rol Nº 42.347 – 2020, “ ambas han sentenciado al restablecimiento del derecho, del que he sido violentado, perturbado y amenazado, dejando sin efecto la Resolución administrativa Exenta RA Nº 142/3193/2019, mal denominado Retiro Temporal no Voluntario, incoado por el Director Nacional”.

Agrega:

Esta resolución es arbitraria e ilegal, debido a que Gendarmería de Chile, no ha dado respuesta a mi reincorporación al Servicio con la antigüedad y las remuneraciones que me corresponden por el grado que he detentado y el tiempo de servicio, lo cual no ha sido cumplido, a la fecha”.

¡Recurso contra Alveal!

El 1 de septiembre de 2020, el teniente segundo, López Cubillos, presentó en la Corte de Apelaciones de Valparaíso, un recurso de protección en contra del director nacional de Gendarmería, Christián Alveal.

En el documento, al que “Cápsula Informativa” tuvo acceso, se indica de manera textual que “el Director Nacional de Gendarmería de Chile quien ha desautorizando la orden del máximo tribunal, se ha negado de manera contumaz a restablecer el imperio del derecho, constituyéndose desacato de la autoridad administrativa, ante la orden Judicial del Tribunal Máximo de la República, que es la Corte Suprema de Justicia”.

Ante esa situación, López solicita a la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que “se hagan efectivo los apercibimientos establecidos en el artículo 15 del Auto Acordado sobre tramitación del Recurso de Protección, específicamente, se disponga la suspensión de funciones hasta por cuatro meses”, y se disminuya la remuneración de Christián Alveal en medio sueldo.

¿Por qué se habla de desacato?

El director nacional de Gendarmería está desconociendo una orden emanada desde el Poder Judicial, en sus ejercicios jurisdiccionales, no restableciendo el derecho.

Según el teniente segundo, Juan Carlos López, como se advierte en el texto en el que se solicita que se sancione al director nacional de Gendarmería por desacato, “el retiro temporal unilateral no puede ser ejecutado, debiendo afirmarse el procedimiento disciplinario pendiente que pesa en mi contra, disponiendo las medidas disciplinarias que, eventualmente, sean pertinentes, razonables, proporcionales, sujetándose estrictamente al ordenamiento jurídico y respetando en todo momento el justo y racional debido proceso y el principio de juridicidad”.

Argumento institucional

En la Resolución Exenta RA Nº 142/3193/2019 del director nacional de Gendarmería, que no fue acogida por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, ni por la Corte Suprema, para respaldar el llamado a retiro no voluntario, se indica lo siguiente como razones para apartar de la institución al teniente segundo, Juan Carlos López.

“Tanto en su vida privada como en el desempeño de sus funciones como Oficial Penitenciario, ha observado una conducta que no está acorde con la dignidad del cargo que tiene en esta repartición pública?”

¿A qué se refiere?

El teniente segundo, Juan Carlos López, tiene varios tatuajes en su cuerpo, lo que no es impedimento para ejercer como gendarme, de lo contrario, sería discriminación tan sólo mencionarlo. Pero, en la práctica, esta situación sí molestó a la dirección de Gendarmería.

También en la misma Resolución se añade que en el ámbito de su desempeño laboral, “el oficial registra, al menos, 12 anotaciones de demérito por deficiencias en el ejercicio de su cargo, entre éstas, por falta de control de las funciones institucionales, por no informar oportunamente la pérdida de su tarjeta de identificación profesional, por no justificar en forma oportuna su ausencia laboral y por arrogarse atribuciones sin previa autorización de la autoridad para desencerrar internos”.

¿Y el debido proceso?

Hay que hacer hincapié en lo siguiente:

Mientras exista un sumario administrativo en plena tramitación, el funcionario no debe ser objeto de un llamado a retiro temporal no voluntario. Y si fuese así, entonces, el retiro temporal tiene que ajustarse a las conclusiones a que pueda arribarse al término del resultado final del proceso administrativo.

¿Qué significa eso?

Que el sumario debe continuar en todas sus etapas y concluir conforme a derecho, otorgando al afectado un justo y racional debido proceso. Más claro, imposible decirlo.

¿Cómo se entiende la determinación de Gendarmería?

No se entiende. Los tribunales le están dando el favor al teniente segundo, Juan Carlos López y el director nacional de Gendarmería, no acata los fallos.

Eso, se llama desacato.

LEA AQUÍ EL RECURSO DE PROTECCIÓN CONTRA DIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERÍA