
Cápsula Informativa cumple con publicar aclaratoria de empresa Moldecor Ltda
Por: Equipo “Cápsula Informativa”
Con fecha 7 de julio, el diario digital “Cápsula Informativa” publicó un artículo sobre la empresa Moldecor Ltda, titulado “Empresa MOLDECOR Ltda pese a cierre decretado por Seremi de Salud, obliga a trabajadores a concurrir y ya hay 20 contagiados”.
Ante la denuncia formulada, el abogado de la empresa, Carlos Cáceres, se contactó vía telefónica con la directora de “Cápsula Informativa” (Daisy Castillo Triviños, periodista) y, como corresponde legalmente y ante los descargos formulados por la entidad, se publica en esta nota, cuál es la postura de la firma.
Sin embargo, hay que señalar, primero, que para la elaboración del artículo de denuncia, este diario digital, llamó por teléfono a la empresa, en el número registrado en el sitio web de la firma, sin obtener respuesta, porque nadie respondió.
En segundo lugar, la información que fue recabada surge de varios trabajadores de Moldecor Ltda, que de manera voluntaria, entregaron su testimonio, fuera de las dependencias de la empresa ubicada en Avenida Los Libertadores 36 (Loteo Industrial Los Libertadores, Colina).
En tercer término, la Secretaría Regional Ministerial de Salud, ha señalado en los medios de comunicación que, frente a la pandemia por la que atraviesa el país, debido a los efectos del Covid-19, las empresas con actividades que no se consideran esenciales, no pueden funcionar y, por lo mismo, se han realizado fiscalizaciones y se han decretado sumarios sanitarios. A modo de ejemplo, la Seremi de Salud de la Región Metropolitana, Paula Labra, aseguró en los medios de prensa (2 de julio de 2020) de manera textual: “Hoy hemos llegado a 288 mil fiscalizaciones en la Región Metropolitana, de las cuales 70 mil corresponden a comercio no esencial, y de estos ya tenemos más de 300 sumarios”.
En cuarto punto, desde la empresa, el abogado, Carlos Cáceres, reconoce en la conversación telefónica sostenida con la directora de “Cápsula Informativa” que sí se han registrado contagios por Coronavirus en el caso de los trabajadores (20, a la fecha) y que ese antecedente, según el jurista, fue entregado a la Secretaría Regional Ministerial de Salud. Asimismo, el propio abogado, afirma que hay 10 funcionarios que están concurriendo a las dependencias situadas en Colina y que firmaron, de manera voluntaria, una carta y están sólo desempeñando funciones de mantención.
Y quinto punto. El abogado de Moldecor, envió a “Cápsula Informativa”, el acta Nº 0207443, de la Seremi de Salud, fechado hoy 9 de julio de 2020, bajo el nombre de Mauricio Gutiérrez, funcionario de la entidad de salud. En el documento, se indica de manera textual que “al momento de la visita, la empresa no se encuentra funcionando, cumpliendo con lo indicado en el acta de inscripción del 03/06/2020”. Pero, desde la Secretaría Regional Ministerial de Salud Metropolitana, en ese mismo documento, no se hace mención en ninguna línea, a que la empresa Moldecor puede tener a los trabajadores cumpliendo labores de mantención.
A continuación, se difunde la aclaratoria y descargos emitidos por el gerente general de Moldecor Ltda., Horacio Fernández Munizaga. El texto que fue recepcionado (en formato word), no fue modificado en ninguna de sus líneas, de manera que se reproduce en forma íntegra.
“Santiago, 9 de julio de 2020
De mi consideración:
En relación al reportaje denominado “EMPRESA MOLDECOR LIMITADA pese a cierre decretado por Seremi de Salud, obliga a trabajadores a concurrir y ya hay 20 contagiados”, publicado ayer en la página web www.capsulainformativa.cl, la empresa FABRICA DE PUERTAS Y MOLDURAS MOLDECOR LIMITADA ejerce el derecho de aclaración y rectificación contemplado en el artículo 16 de la Ley N° 19.733, en los siguientes términos:
1.- El reportaje en cuestión incurre en una serie de falsedades, a saber:
1.1.- No es efectivo que la empresa incumpla la orden de paralización de funcionamiento de la SEREMI de Salud Metropolitana. Desde el 3 de junio de 2020 a la fecha se ejecutan labores de mantención, limpieza, pruebas y de seguridad permitidos por la propia Seremi y por el numeral cuarto de la Resolución Exenta N° 133 del Ministerio de Haciendo que regula las actividades que pueden ejecutarse en estado de alerta sanitaria, por una dotación mínima de trabajadores que no representan más del 10% del total de trabajadores de la empresa.
1.2.- No es efectivo que la empresa obligue a trabajadores a prestar servicios. Para ejecutar las labores antes indicadas, se consultó a los colaboradores que optaban voluntariamente por prestar servicios en este período; todo lo cual quedó formalizado en una carta suscrita por estos trabajadores, los cuales están en conocimiento que la empresa certificó su funcionamiento cumpliendo con todos los protocolos sanitarios COVID-19, según informe emitido por el Instituto de Seguridad del Trabajo.
1.3.- No es efectivo que la empresa haya cometido irregularidades en la obtención de permisos colectivos en la página web www.comisariavirtual.cl. Su giro comercial consisten en varias actividades, dentro de las cuales están la producción, la venta y la distribución de productos de ferretería, y de materiales de construcción, todas las cuales fueron invocadas para la obtención del permiso único colectivo, en conformidad a letra b) del numeral 9 de la Resolución Exenta N° 133 ya citada, que contempla las actividades que por su naturaleza no pueden detenerse y cuya interrupción genera una alteración para el funcionamiento del país debidamente determinado por la autoridad competente. Si no estuviera encuadrado el giro de la empresa dentro de esa denominación, no se hubiera obtenido el permiso colectivo único.
2.- Por otro lado, hago presente que se advierte una grave falta procedimental en el reportaje antes indicado, dado que no consta que se haya contactado o se haya consignado que se intentó un contacto con la empresa para conocer la versión frente a la denuncia infundada que se hizo en su contra, lo cual atenta contra el ejercicio correcto de la actividad del periodismo.
3.- Invitamos a la directora de este portal informativo a visitar las instalaciones de la empresa, con los resguardos sanitarios de rigor, para que corrobore in situ la realidad actual de la empresa.
4.- La empresa ha ejercido todos sus derechos legales frente a la fiscalización que le efectuó la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, formulando sus descargos y ejerciendo todos los derechos que contempla el ordenamiento jurídico en esta materia, reservándose además todas las acciones legales que procedan respecto de la mendacidad de las informaciones contenidas en el reportaje ya citado.
5.- A mayor abundamiento, se hace presente que la empresa ha sido fiscalizada nuevamente, comprobándose que su forma de proceder se encuentra ajustada a la normativa vigente, según aparece del Acta de Fiscalización que se adjunta, la cual se entiende que integra este comunicado para todos los efectos legales.
6.- MOLDECOR reafirma su compromiso de cumplir todas las normas sanitarias dictadas con motivo de la alerta sanitaria COVID-19, y reitera que está desplegando sus mayores esfuerzos para que la empresa y sus colaboradores puedan superar este período excepcional, y proyectarla hacia el futuro, manteniendo los más de 120 puestos de trabajo que genera.
Atentamente,
HORACIO FERNANDEZ MUNIZAGA
Gerente General
FABRICA DE PUERTAS Y MOLDURAS MOLDECOR LIMITADA“
¡LEA AQUÍ ACTA DE LA SEREMI DE SALUD METROPOLITANA!

