Casino Dreams bajo la lupa judicial: Admiten querella por cuasidelito de lesiones graves a raíz de accidente que afectó a una usuaria
El Juzgado de Garantía de Punta Arenas declaró admisible la querella por cuasidelito de lesiones graves presentada por el abogado, Juan José Sdranovic en favor de la mujer identificada con las iniciales C.N.B., quien sufrió un accidente en el Casino Dreams de la ciudad.
La querella detalla que el pasado 28 de diciembre, alrededor de las 19:51 horas, C.N.B. accedió a las dependencias donde, producto del defectuoso montaje de una estructura metálica, resultó con una fractura vertebral dorsal. Dicho diagnóstico fue ratificado como lesión de carácter grave en el Hospital Clínico Magallanes.
La afectada señala -en el texto del líbelo- que “aquel día asistí al Casino Dreams con el fin de participar en un bingo nocturno. Mientras hacía la fila para retirar los cartones, cerca de las 20:13 horas, una persona alertó al guardia sobre una estructura de adornos navideños que se encontraba suelta. Pese al aviso, la fila siguió avanzando; al moverme, sentí un impacto violento en la espalda. La estructura se desplomó de improvisto sobre el público, dejándome herida junto a otros asistentes”.
Hay que indicar que, tras el desplome de la estructura, la mujer fue derivada al Hospital Clínico Magallanes, donde recibió atención médica a las 22:52 horas. El diagnóstico confirmó una fractura en la vértebra dorsal D1 (o T1), lesión de alta gravedad, dado que esta pieza es fundamental para el soporte estructural de la espalda superior y la protección de la médula espinal.
El abogado, Juan José Sdranovic manifestó que “la querella criminal por el cuasidelito de lesiones graves en contra de quienes resulten responsables, se declaró admisible y se espera que sea remitida al Ministerio Público para su correspondiente formalización. Se persigue que, en definitiva, se condene a los responsables al máximo de las penas previstas por la ley, junto a sus accesorias legales, el pago de indemnizaciones civiles por los perjuicios causados y la expresa condenación en costas”.


