Caso Tomasito
NACIONAL

Caso Tomás: Luz verde a recurso del tío abuelo y ordenan audiencia para solicitud de exámenes corporales

Por: Equipo “Cápsula Informativa”

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió hoy lunes 8 de noviembre el recurso de amparo presentado por la defensa de Jorge Eduardo Escobar Escobar, tío abuelo de Tomás Bravo, que se mantiene como único imputado por la muerte del niño.

Lo anterior, luego que el pasado 5 de noviembre la defensa de Escobar pudiera presentar un recurso que busca evitar que la persona investigada sea sometido a una extracción de pelo exigida por el Ministerio Público.

En ese contexto, el tribunal ordenó realizar una audiencia pública y contradictoria para determinar la realización de exámenes corporales al presunto culpable de la muerte de T.E.B.G.

En fallo unánime de la Sexta Sala del tribunal de alzada integrada por los ministros Rodrigo Cerda San Martín, Rafael Andrade Díaz y la fiscal judicial María Francisca Durán Vergara acogió la acción constitucional, tras establecer que dicha petición del Ministerio Público debió resolverse en audiencia y no por despacho.

“Debe además precisarse, que la antedicha petición del Ministerio Público fue resuelta por el Juzgado de Garantía ya indicado, por despacho, esto es, sin fijar audiencia en que las partes pudieran debatir sobre la necesaria relevancia de la medida intrusiva, y/o si ella, pudiese menoscabar la salud o la dignidad del imputado“, indica la resolución.

Tomás Bravo

Otros aspectos de interés

En el texto, se indica “Que, lo dispuesto en el artículo 197 del Código Procesal, discurre por un lado sobre la necesidad de realizar exámenes corporales en el imputado o en el ofendido, para constatar circunstancias relevantes de la investigación, y de otro lado obliga a sopesar un eventual menoscabo para la salud o dignidad de estos; en este caso la discusión de fondo acerca de estos aspectos, no han sido conocidas en audiencia”, explica el fallo.

Y se agrega que “Así, tanto la necesidad como la relevancia, de la práctica del examen corporal solicitado, importa conectarse con la proporcionalidad que debe tener, para satisfacer el estándar de autorización, pero ello requiere un debate previo de los intervinientes, a fin de impedir la indefensión, considerando además que lo pedido en la especie, tiene como objeto un cotejo morfológico y químico de filamentos capilares”.