Juan josé sdranovic 2025
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Cormupa de Punta Arenas condenada a pagar $40 millones por negligencia dental grave

El abogado Juan José Srdanovic Arcos comunicó que ha tomado conocimiento del fallo judicial que condena a la Corporación Municipal de Punta Arenas (Cormupa). La entidad deberá pagar una indemnización de 40 millones de pesos a una paciente que perdió, casi en su totalidad, sus piezas dentales. Esta grave pérdida es consecuencia directa de la mala praxis aplicada por la profesional a cargo durante la atención dental.

El jurista explicó que la sentencia condenatoria se dictó en octubre, pero la Cormupa presentó un recurso de apelación. Este recurso busca que el caso sea elevado y revisado por la Corte de Apelaciones. Respecto a este proceso, Srdanovic señaló: “Esperamos que la Corte de Punta Arenas confirme el fallo para que, después de un largo proceso, se pueda pagar la indemnización que corresponde a la paciente que resultó afectada”.

Negligencia médica

La Causa corresponde a (C-1279-2024: FERNÁNDEZ/CORPORACION MUNICIPAL DE PUNTA ARENAS). La afectada de iniciales F.L.F.M., chilena, soltera, asesora del hogar junto a su abogado interpuso una demanda en juicio de hacienda, sobre indemnización de daños y perjuicios, en contra de la Cormupa de Punta Arenas.

En julio de 2019, la paciente inició un tratamiento odontológico en el Cesfam Mateo Bencur, bajo el programa “Sonrisa de Mujer” (con un resultado dramático). Fue atendida por la dentista Karina Martinic y otros profesionales del centro. Durante los meses que duró el tratamiento, la paciente manifestó reiteradas molestias tras los procedimientos de pulido y restauración dental. Sin embargo, estas quejas fueron desestimadas por los odontólogos, quienes las calificaron como efectos normales.

En una de las atenciones, una prótesis quedó mal ajustada, con un gancho incrustado en la encía, lo que generó dolor e inflamación persistente. A pesar de sus constantes reclamos, nunca se le otorgó una solución adecuada ni se practicaron exámenes o controles preventivos eficaces.

Con el paso del tiempo, las molestias se transformaron en un sufrimiento insoportable. En julio de 2020, la paciente debió concurrir de urgencia al Policlínico 18 de Septiembre, donde el odontólogo Aníbal Asalgado, ante la gravedad de su cuadro, la derivó de inmediato al Hospital Clínico de Magallanes.

Allí, la doctora Pamela Sobarzo le reveló el escalofriante diagnóstico: lo que ella percibía como “piedrecillas” era, en realidad, la desintegración de sus propias piezas dentales en la zona de unión con la encía.

La paciente concluyó que este desastre se originó en un pulido excesivo durante su tratamiento inicial, el cual habría trizado fatalmente sus dientes, desencadenando su posterior desprendimiento. La consecuencia es devastadora: ha sufrido la pérdida casi total de su dentadura, conservando actualmente sólo dos piezas. Esta situación le ha generado un daño físico, emocional y moral profundo, socavando gravemente su dignidad y calidad de vida.

El abogado, Juan José Srdanovic Arcos sostiene que existe una falta de servicio directamente imputable a la Corporación Municipal de Punta Arenas (Cormupa), como administradora del Cesfam. Esta falta consiste en una atención odontológica deficiente, negligente y absolutamente carente de medidas de prevención y control.

Dicha omisión privó a la paciente de la posibilidad de conservar sus piezas dentales, configurando una “pérdida de chance” indemnizable.

El argumento legal principal se basa en que, al tratarse de un establecimiento de salud, resulta aplicable el artículo 38 de la Ley N°19.966, que regula la responsabilidad del Estado en materia sanitaria. La responsabilidad de la Cormupa se argumenta, mediante la teoría del órgano, en virtud de la cual los actos de sus funcionarios se imputan directamente al ente público.

La defensa enfatiza que la falta de servicio fue reiterada, prolongada y previsible, y que, de haberse otorgado una atención oportuna, los daños sufridos por la paciente podrían haberse evitado.