Dinero
POLÍTICA

Despachan proyecto que entrega garantía estatal para créditos hipotecarios

Fuente: Cámara de Diputados

En condiciones de pasar al Senado a su segundo trámite legislativo, quedó el proyecto que permite la postergación de cuotas de créditos hipotecarios y crea garantía estatal para caucionar el pago de las cuotas postergadas.

Esto, luego que la Sala de la Cámara lo aprobara, en general y, en particular, por 142 votos a favor y uno en contra, en el primer caso, y 142 votos a favor, respecto del artículo octavo votado por separado.

¿Qué dice el proyecto?

En concreto, el texto establece que los bancos, cooperativas de ahorro y crédito, agentes administradores de mutuos hipotecarios endosables, acreedores de los mutuos otorgados por los mencionados agentes administradores y compañías de seguros, podrán otorgar créditos de postergación a sus deudores de obligaciones garantizadas con hipoteca, cuando estos últimos lo soliciten.

Los agentes administradores de mutuos hipotecarios endosables podrán otorgar los créditos de postergación por cuenta propia o de a quienes se les hayan endosado los respectivos mutuos hipotecarios endosables, cuando estos últimos lo autoricen.

Otras medidas

Los créditos de postergación corresponderán a contratos de mutuo de dinero, otorgados mediante escritura pública por un acreedor a su deudor de crédito hipotecario, con el exclusivo objeto de pagar determinadas cuotas del crédito hipotecario del deudor, que producirá todos los efectos jurídicos regulados en esta ley.

Sin perjuicio de lo anterior, el deudor podrá otorgar un mandato irrevocable al acreedor, para que este último, en representación del deudor, celebre el contrato de crédito de postergación, pague las cuotas del crédito hipotecario singularizado en el contrato de crédito de postergación y solicite la respectiva inscripción ante el Conservador de Bienes Raíces competente, entre otras materias.

¿Y qué más?

Los créditos de postergación estarán exentos del pago de impuesto de timbres y estampillas y de los trámites y requisitos que la normativa de ese gravamen considera.

Para efectos de esta ley, se entenderá que las cuotas del crédito hipotecario que se pagan con el crédito de postergación incluyen los intereses, amortizaciones y seguros u otros gastos asociados a él, que correspondan ser pagados por el deudor al acreedor.

Garantía estatal

Parte de la novedad de esta propuesta, es que las obligaciones de los créditos hipotecarios y de postergación podrán ser garantizados, adicionalmente, a la correspondiente hipoteca, con una garantía estatal otorgada por el Fondo de Garantía para Pequeños y Medianos Empresarios.

Para estos efectos se dispone un plazo de vigencia de 60 meses por un monto máximo equivalente a seis cuotas del respectivo crédito hipotecario cuyas cuotas fuesen pagadas con el crédito de postergación.

Sobre ese último punto, la Comisión de Hacienda efectuó un agregado que especifica que “la garantía estatal sólo podrá extenderse a obligaciones hipotecarias destinadas a financiar la adquisición de inmuebles cuyo avalúo comercial, al momento de la suscripción del contrato, no supere las 10.000 Unidades de Fomento”.