Gendarmería De Chile
NACIONAL

¡Golpe de la Corte Suprema a Gendarmería! Fallo unánime establece que debe reintegrar a oficial llamado a retiro pese a tener fuero gremial

Por: Daisy Castillo Triviños

En la edición del 28 de julio, “Cápsula Informativa” publicó que la Contraloría General de la República, en el Dictamen Nº E21521 / 2020, ordenó a Gendarmería de Chile, reintegrar a las filas de la institución al oficial, Luis Espinoza Durán, quien al momento de dictarse el acto administrativo en su contra por parte de la entidad como fue su retiro temporal no voluntario, no respetó su condición de dirigente gremial. Esto, porque a contar del 4 de marzo de 2019, Espinoza comenzó a integrar el Directorio Provincial de Cauquenes de la Asociación Nacional de Gendarmes de Chile (ANGENCHI).

Y, este 29 de julio, hay una noticia positiva para el oficial, Luis Espinoza Durán y que, a su vez, representa un golpe y un portazo para Gendarmería. ¿Qué pasó?: La Corte Suprema, en fallo unánime (5 a 0) acogió el Recurso de Protección presentado en la Corte de Apelaciones de Santiago, por el abogado, Fernando Leal, en favor del oficial, Luis Espinoza Durán y en contra del Director Nacional de Gendarmería, Christián Alveal.

El máximo tribunal señala en su fallo, al que “Cápsula Informativa” tuvo acceso en exclusiva, que “el acto impugnado (llamado a retiro temporal no voluntario) es ilegal, toda vez que es dirigente gremial de la Asociación Nacional de Gendarmes de Chile, por lo que se encontraba amparado por fuero”. Además, establece que Gendarmería debe asumir el “pago de las remuneraciones que haya dejado de percibir” el funcionario.

Y la Corte Suprema es categórica al afirmar en su fallo que “consta en estos antecedentes que al momento de disponer el retiro temporal, el 15 de abril de 2019, el actor gozaba de fuero gremial, toda vez que había sido elegido Director el día 4 de marzo del mismo año, cuestión que fue notificada a la autoridad el día 20 de marzo del mismo año, razón por la que, efectivamente, el recurrido incurre en un acto ilegal al disponer el alejamiento temporal de un funcionario amparado por fuero gremial, toda vez que aquello implica un desconocimiento del estatuto especial que rige la materia, artículo 25 de la Ley N°19.296, vulnerando de este modo el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental”.

¡Una trama de mentiras!

El abogado, Fernando Leal (quien representa al oficial, Luis Espinoza Durán) en conversación con “Cápsula Informativa”, sostiene que “el fallo deja de manifiesto que Gendarmería sí sabía que era dirigente gremial, por tanto, mintió en el informe que evacuó a la Corte y también mintió el abogado que alegó en estrados”.

Abogado, Fernando Leal.

Advierte que “el informe de Gendarmería, firmado por su Director Nacional (Christián Alveal) y que, a la luz del fallo unánime de la Corte Suprema, incurre, a lo menos, en dos falsedades: Faltan a la verdad cuando señalan que don Luis Espinoza Durán no tenía fuero gremial y faltan a la verdad cuando señalan que Gendarmería no sabía a la fecha que lo llama a retiro de la circunstancia de haber sido electo don Luis Espinoza Durán en una asociación gremial”.

Fernando Leal, recuerda que el Artículo 193 N° 4 del Código Penal establece que “Será castigado con presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo el empleado público que, abusando de su oficio, cometiere falsedad: Faltando a la verdad en la narración de hechos sustanciales”.

LEA AQUÍ EL FALLO DE LA CORTE SUPREMA EN CONTRA DEL DIRECTOR DE GENDARMERÍA