¡Exclusivo!: Interponen recurso de amparo contra Seremi del Maule ante amenaza a la libertad personal y seguridad individual

Por: Daisy Castillo Triviños Un recurso de amparo preventivo en contra de la Secretaria Regional Ministerial (Seremi) del Maule, Marlene Ingrid Durán Seguel, interpuso ante la Corte de Apelaciones de Talca, el abogado, Fernando Leal, en defensa de una pareja de la comuna de Linares, (C.S.V. y I.C.B.) y del hijo de ambos (P.C.S.), los que, fueron trasladados a una residencia sanitaria, una vez que la mujer fue informada de que el resultado de su examen PCR dio positivo. ¿Qué fue lo que ocurrió? El punto es que la pareja manifestó, desde un comienzo, que los únicos que viven en el hogar son los tres -incluyendo al hijo de dos años-, y que no era necesario que los enviaran a una residencia sanitaria, porque cuentan con las condiciones económicas y de infraestructura en su casa, para realizar la cuarentena por 14 días, sin que esa medida signifique riesgo ni para ellos como familia, ni para terceros. Se les dijo que tenían que ir a la residencia sanitaria, porque, de lo contrario, sería Carabineros, quienes se encargarían de trasladarlos a ese recinto. Así, las cosas y, luego de esa amenaza, la pareja junto a su hijo, dejó su inmueble y se fue a la residencia sanitaria ubicada en el Hotel Santa María, comuna de Panimávida. Ahí, partieron los problemas. Según se detalla en el recurso de amparo al que “Cápsula Informativa” tuvo acceso, lo ocurrido fue lo siguiente: El padre del menor, vía telefónica, le preguntó a la persona que lo llamaba desde la Seremi del Maule: “¿Qué sucede si no queremos ir a la residencia y queremos cumplir nuestra cuarentena en nuestra casa, por encontrar innecesario el traslado? A lo que le respondieron que no era decisión de ellos y que si no cumplían con la instrucción de irse a la residencia, se verían obligados a solicitar que Carabineros los fuera a buscar a la casa por la fuerza. Ante esta desfavorable y amenazante respuesta y viéndose los amparados en la situación de que los fuera a buscar Carabineros a su domicilio y el trauma que ello podía provocar a su pequeño hijo, accedieron a que los llevaran a la residencia sanitaria”. Se indica que “Al momento de ingresar a la residencia, los acompañaron a una habitación, la que contaba con nada más que dos camas y un televisor, y les ordenaron no salir ni asomarse fuera de la habitación por los 14 días que durara su cuarentena, manteniéndose encerrados en todo momento –recordemos que se encuentran con un niño de dos años– sin poder tener contacto con nadie de la residencia, salvo cuando dichas personas se acercaran a la habitación. Respecto a la alimentación, debido a que los amparados no pueden tener contacto con nadie del exterior, deben estar a la merced de las personas que atienden en la residencia, cuestión que, el día domingo 21 de junio no recibieron almuerzo y recién aproximadamente a las 18:00 horas, les llevaron alimentos, debiendo pasar más de seis horas sin comer, especialmente Pascual, su hijo de dos años. Durante todo el día domingo, los amparados trataron de comunicarse con la encargada de la residencia, pero recién en horas de la tarde pudieron conversar con ella y expresarle su punto de vista, indicándole que es ilógico tener que cumplir su cuarentena en una residencia sanitaria, contando ellos con las condiciones económicas y la logística adecuada en su hogar, más cuando viven ellos dos como pareja y su hijo pequeño de tan solo dos años, por lo que, ella en forma personal, les dio la autorización para que se pudiesen retirar de la residencia y cumplir su cuarentena en su domicilio, sin perjuicio de lo cual, no les aseguró que pudiesen eventualmente ser detenidos en forma posterior”. Hay que precisar que, al momento en que se realice el respectivo seguimiento sanitario, que debe cumplir la Seremi de Salud, los amparados estarán “incumpliendo” la orden de realizar la Cuarentena en la residencia sanitaria, por lo que se exponen a que sean llevados a la fuerza por Carabineros y la autoridad sanitaria, además, de alguna posible infracción pecuniaria. ¡Amenaza a la libertad personal y seguridad individual! El abogado, Fernando Leal, en conversación con “Cápsula Informativa” señala que “lo actuado por la Seremi de Salud del Maule, implica una clara perturbación y amenaza a la libertad personal y seguridad individual de los amparados, lo que vulnera garantías fundamentales y contraviene las más elementales y básicas garantías establecidas en la Constitución y en diversos tratados internacionales, como la Convención Americana de Derechos Humanos y también, la Convención de Derechos del Niño, al llevarse obligados a los amparados junto a su hijo de tan solo dos años de edad, sin velarse por su mejor estado o bienestar”. Leal indica que “cuando vemos en el contexto de la Pandemia, los recursos públicos cada vez se hacen menos, ante la cantidad de personas contagiadas, aparece como, absolutamente, poco coherente que personas que tienen los medios para pasar la Cuarentena en su hogar, tienen los medios económicos, los medios logísticos se les obligue ir a una residencia, más aún con un menor de edad, un niño de dos años. Estando en la residencia, no reciben alimentación, o sea, claramente acá hay un problema serio de desorden, de falta de organización, de coordinación por parte de la Seremi de Salud”. El abogado plantea que “estas personas como fueran llevadas a la fuerza, prácticamente, a una residencia sanitaria, están temerosos y, por eso, han interpuesto este amparo y para que la autoridad dé las explicaciones del caso. No sé si existe el ánimo de llenar la residencia sanitaria sí o sí, cuando en este caso en particular, insisto, era innecesario que estas personas se fueran de su hogar, donde podían pasar perfectamente el tiempo de Cuarentena al estar con Covid-19. Creemos que aquí se ha afectado, claramente, la libertad personal, más aún, cuando se les dice que se pueden ir, pero que, eventualmente, pueden ser llevados nuevamente”. Fernando Leal advierte que éste no es el primer caso que ocurre en el Maule, ya que antes, ocurrió con un joven de 20 años y creemos que el órgano jurisdiccional, en este caso, la Corte de Apelaciones de Talca, debe poner las cosas en su lugar para que este tipo de hechos no se repitan”.