¡Exclusivo! Querella criminal contra alcaldesa de Pencahue por prevaricación administrativa y omisión de denuncia
Por: Daisy Castillo Triviños
¡Un Chile con municipios y denuncias de anomalías, sin respiro! Hasta en las zonas, en las localidades en las que, a priori, se pensaría que son tranquilas, que pasa poco y están ajenas a actos irregulares, sucumben.
Y es el caso de Pencahue, una comuna ubicada en la Provincia de Talca, en la Región del Maule (según el Censo de 2017, con 8.245 habitantes), donde se interpuso una querella criminal en contra de la alcaldesa y militante de Renovación Nacional (RN), Lucy Lara Leiva, por prevaricación administrativa y omisión de denuncia.
Los hechos contra alcaldesa de Pencahue
“Cápsula Informativa” accedió en exclusiva al texto de la querella criminal, interpuesta por el abogado, Fernando Leal (declarada admisible por el Juzgado de Garantía de Talca y remitida al Ministerio Público), en favor de Milko Puentes Vergara, funcionario del municipio de Pencahue, en contra de la alcaldesa de esa comuna, Lucy Lara, y de la Fiscal Administrativa, Sonia Guerra, documento en el que se relatan las circunstancias que alertan sobre la actuación de ambas funcionarias públicas.
El 13 de agosto de 2019, Milko Puentes subrogó al Director de Control Interno del municipio de Pencahue y cumpliendo ese rol, según consta en la querella criminal, el Director de Administración y Finanzas, Héctor Cerpa Vásquez, le llevó el decreto de pago N° 1017, que de acuerdo al propio Cerpa, se encontraba pendiente de pago desde octubre de 2016 y que correspondía al servicio de recolección, transporte y disposición final de residuos domiciliarios y hospitalarios de la comuna, por un monto ascendente a $ 9.224.647.
Usted lector, reparará en que estamos hablando de una deuda que se arrastraba por tres años y que, de pronto, así como así, se quería pagar.
En la querella criminal, la defensa de Puentes, señala de manera textual que “el señor Cerpa, en forma insistente durante esa jornada se acercó, una y otra vez, a la oficina de mi mandante para que visara el decreto, argumentando para ello que había un informe de Contraloría que ordenaba el pago a la brevedad y que la empresa de aseo Arquitectura y Paisajismo estaba exigiendo ese pago”.
Se indica en el texto que “el pago a la empresa referida había sido objeto de una prevención a mi representado, por parte del Director de Control Interno, don Ricardo Fuentes Amaro, quien le había advertido que revisara bien todos los antecedentes, ya que como debía subrogarlo, era muy probable que le llevaran el decreto para su visación y él ya le había señalado al señor Cerpa que no correspondía pagar, ya que no estaba claro que se adeudara dicho monto”.
¿Y qué pasó en esta trama?
El funcionario municipal, tras dar cuenta de la falta de antecedentes que respaldaran el millonario pago, no visó el decreto y lo devolvió al propio Héctor Cerpa, mediante Memo N° 02 de 2019. Y, después de eso, vino la debacle para Milko Puentes.
Llama la atención que tras este hecho, el panorama para el funcionario municipal, el panorama comenzó a cambiar de manera abrupta.
Puentes, de acuerdo a la querella criminal, “empieza a ser objeto de una verdadera persecución que parte con una anotación de demérito, críticas a su desempeño laboral, lo sacan de su cargo de Director de Aseo y Ornato y lo designan en el cargo de Director de Seguridad Pública, desde el 01 de noviembre de 2019, sin darle ningún tipo de capacitación o inducción, sin señalarle forma de trabajar, personal a cargo, etc.”.
¡Un silencioso hurto!
A esta trama, se agrega otro dato que levanta suspicacias y, por qué no decirlo, dudas, así de simple. Esto, porque sospechosamente, fueron hurtados elementos de trabajo y personales de Puentes, en las dependencias municipales. Se hizo una investigación sumaria, pero que no arrojó ningún responsable.
Frente a esa situación, la autoridad municipal no denunció los hechos a la Fiscalía, como corresponde en virtud del Artículo 175 del Código Procesal Penal y artículo 58 letra k) del Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales.
Usted, de seguro se estará preguntando, ¿y qué hizo Puentes? Pidió reunirse con la alcaldesa, pro no hubo caso, ni una posibilidad, las puertas cerradas para él y a cualquier alternativa de escuchar de primera fuente las razones de lo que estaba ocurriendo.
¡Una alcaldesa con seguidilla de acusaciones!
La alcaldesa de Pencahue, Lucy Lara, no cuenta, precisamente, con una hoja administrativa que brille por su labor, sino más bien, en la que hay que reparar.
Ejemplos, hay:
-Condenada por la Justicia Laboral por acoso laboral a una funcionaria de ese Municipio (causa RIT T-11-2017, “González con Ilustre Municipalidad de Pencahue”, del Juzgado de Letras del Trabajo de Talca).
La alcaldesa fue condenada a pagar $7.000.000 en concepto de reparación al daño moral causado a la funcionaria, por haber vulnerado su derecho fundamental a la integridad física y psíquica, por conductas constitutivas de acoso laboral ocurridos en 2016, dado a su pensamiento político contrario a la empleadora.
¡Una “dictador silla!”
El abogado querellante, Fernando Leal, en entrevista con “Cápsula Informativa” asegura que “hemos interpuesto esta querella en favor del Director de Seguridad Pública de la Municipalidad de Pencahue en contra de la alcaldesa, Lucy Lara y en contra de la Fiscal Administrativa, Sonia Guerra, porque esto se da en un contexto de persecución”.
Agrega que “a mi representado, hace ya un tiempo está siendo objeto de hostigamiento, de acoso laboral. No hay que olvidar que es una actitud bastante reiterada de la alcaldesa de Pencahue, quien ha sido condenada en sede laboral, precisamente, por actos de acoso laboral y está inmersa en una serie de denuncias por el mismo tipo de hechos, respecto de otros funcionarios que han sido vulnerados y afectados en sus garantías constitucionales por esta persona que se ha transformado en una verdadera “dictador silla” al interior de la municipalidad”.
Fernando Leal, asegura que en el caso de su representado, “se dictan actos administrativos faltando gravemente a la ley, donde la alcaldesa le impide el ejercicio de derechos estatutarios a don Milko Puentes, en el contexto de un sumario administrativo y dicta una resolución, absolutamente, contraria a la ley, lo que le hace incurrir en prevaricación administrativa”.
Agrega que “además, se produce un hurto de bienes personales del señor Puentes en dependencias municipales y la autoridad no cumple con su deber de denuncia. Simplemente, se le echa tierra a lo ocurrido. La Fiscal Administrativa, por otra parte, también incurre en prevaricación administrativa y omisión de denuncia, pese a que está obligada a denunciar los hechos que revisten caracteres de delito, de los cuales tomó conocimiento por parte de mi representado y su defensa. Sin embargo, esta funcionaria que es obsecuente de la alcaldesa, no lo hace, incurriendo en estos ilícitos”.
Leal sostiene que “queremos que se establezcan las sanciones penales a las que se encuentran expuestas estas dos personas y todas quienes resulten responsables, porque no es admisible, ni presentable, ni tampoco sostenible que una autoridad abuse de esta manera de su cargo, más aún, dañando o afectando a funcionarios subalternos”.
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