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NACIONAL

¡Exclusivo! Se somete a trámite recurso de protección contra Subdirector Médico Servicio de Salud de Arauco por acciones arbitarias contra doctora

Por: Equipo “Cápsula Informativa”

El abogado, Óscar Ulloa, en representación de la Federación de Funcionarios de la Salud (FENATS VIII Región), interpuso en la Corte de Apelaciones de Concepción, un recurso de protección en favor de la médico, Loreto Arellano Muñoz, y contra del Subdirector Médico del Servicio de Salud de Arauco, Rodrigo Díaz Troncoso y del Director (s), Miguel Canales.

¿Por qué el recurso?

Las razones: por incurrir en diversas acciones y omisiones de carácter grave, ilegales y arbitrarias, perturbando y amenazando derechos consagrados en la Constitución, afectando la integridad psíquica y el Derecho de Propiedad de la funcionaria.

“Cápsula Informativa” accedió al texto del recurso de protección y le contamos de qué se trata esta denuncia.

En el documento se señala que “el día 13 de enero del año 2021, la doctora Loreto Arellano Muñoz, fue removida del cargo de Subdirector Médico del Hospital de Arauco, por decisión del recurrido don Rodrigo Díaz Troncoso y bajo el beneplácito del segundo de los recurridos, don Miguel Canales Carrasco, sin dar ningún fundamento plausible, que respaldara tal medida”.

¿Y cómo sigue la historia?

Hay que señalar que Rodrigo Díaz Troncoso, le manifestó a la funcionaria afectada que por su trayectoria dentro del Servicio, podía elegir el lugar en que quería desempeñarse y se le ofreció la posibilidad de que se creara la Jefatura de Atención Primaria de Salud del Hospital de Arauco y que elaborara estrategias en forma local, con el nuevo Subdirector Médico, que la reemplazaría.

En el recurso, se advierte que “lo paradójico, es que después de estar 2 días, (14 y 15 de enero de 2021) entregando su cargo y dando conocer los temas importantes y los pendientes, al nuevo Subdirector Médico, ninguna de las propuestas que le hicieron se concretaron, lo que demuestra claramente las acciones u omisiones ilegales y arbitrarias”.

Se agrega que “fue en estas condiciones y encontrándose la funcionaria sin funciones asignadas y sin puesto de trabajo fijo, decidió pedir su  feriado legal, en espera de que se le enviaran instrucciones al respecto, lo cual hasta la fecha nunca ha ocurrido, lo que la llevó, incluso, a solicitar una licencia médica, debido a la situación anormal, ilegal y arbitraria por la que estaba pasando”.

La intervención de la Fenats VIII Región

El 22 de enero, la Federación de Funcionarios de la Salud (FENATS VIII Región), solicitó al Director del Servicio de Salud de Arauco que se dejara sin efecto la remoción de la médico, considerando que existían antecedentes de acoso, maltrato y discriminación en su contra y que estos hechos se investigaran. No hubo respuesta por parte de la autoridad.

Cinco días después, es decir, el 27 de enero de 2021, tras el requerimiento formulado por la FENATS, Miguel Canales Carrasco, le respondió a la profesional, según consta en el recurso de protección que “no era posible acceder a su requerimiento, puesto que conforme al artículo 8 del Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud, constituía una facultad privativa de él, organizar la estructura interna de la Dirección del Servicio y de sus establecimientos dependientes, asignar los cometidos, y tareas a sus dependencias” .

Y, además, indicó que “finalmente, y en todo caso, resulta útil recordar que la señalada servidora no ha sufrido detrimento remuneracional con motivo del término de su encomendación de funciones como Subdirector Médico”.

Sobre este punto, la defensa de la doctora, Loreto Arellano Muñoz, plantea que no es efectiva la aseveración del Director (s) del Servicio. En tal sentido, se afirma que “por el hecho de haberla removido del cargo que desempeñaba le bajaron la asignación denominada Competencia Profesional en el mes de enero de 2021, ésta ascendía a la suma de $ 1.044.014 y sólo le pagaron la cantidad de $ 546.421 mil pesos. Si bien, es cierto, en el mismo mes de enero por planilla suplementaria le reembolsaron la cantidad de $162.058 por el mismo concepto, aún hasta la fecha de la interposición de esta Acción Constitucional, le adeudan la cantidad de $335. 535 pesos, para completar el total de la asignación que se le pagaba originalmente”.

Y se sostiene que ese hecho “demuestra claramente la situación de maltrato y acoso laboral, y persecución arbitraria e ilegal que viene sufriendo desde hace ya bastante tiempo a la fecha”.

Historial de  atropellos

Para hacerse una idea sobre la situación de arbitrariedad de la que ha sido objeto la médico, Arellano Muñoz, hay que dar cuenta de una seguidilla de situaciones anómalas.

– La doctora en 2018, fue designada Directora del Hospital de Arauco.  

-Durante 2019, se nombró al Director del Servicio de Salud de Arauco y, por disposición de esta nueva autoridad y respaldado en su buen desempeño, fue enviada en comisión de servicio a subrogar la Dirección del Hospital de Curanilahue. Se le indicó que permanecería en esa destinación hasta que se nombrara al Director en ese hospital, luego de lo cual volvería a su cargo al Hospital de Arauco.

 -En Enero de 2020, al volver de su feriado legal, se encontró con la sorpresa que habían nombrado directores en ambos establecimientos hospitalarios, (Curanilahue y Arauco). Nunca se le comunicó nada al respecto, enterándose de estos cambios por las redes sociales.

-En dicho contexto, se le citó a una reunión para informarle que asumiría el cargo de Subdirector Médico del Hospital de Arauco, para sumarse al nuevo equipo directivo que se había conformado.

En el recurso de protección se indica, textualmente, lo siguiente:

“En la primera reunión que sostuvo con el equipo del Hospital de Arauco, manifestó que se evaluarían las estrategias que se han realizado en Arauco, refiriéndose principalmente al Hospital de Emergencia, Hospital que fue propuesto y gestionado por la doctora, Loreto Arellano Muñoz y su equipo, y reconocido, incluso, a nivel nacional. El recurrido, Díaz Troncoso, le indicó directamente a la funcionaria y en presencia de la Directora del establecimiento, que debía conversar con él antes de enviarle algún correo electrónico, para no generar problemas”.

Se agrega que “todas las gestiones que la misma funcionaria trató de implementar fueron obstaculizadas por el recurrido, como por ejemplo, contratar internos de medicina, cuando estaban con falencias de médicos y la metodología era dilatar la situación por bastante tiempo hasta decir que no”.

La historia sigue

En el recurso de protección se da cuenta de más antecedentes y que demostrarían, la actitud de discriminación por parte de las autoridades del recinto médico.

“La doctora, Loreto Arellano Muñoz, presentó al menos 3 propuestas, con costo cero en esos momentos, para instalar localmente alguna herramienta informática que permitiera facilitar el trabajo de trazabilidad y seguimiento de casos por la pandemia del Covid- 2019, también le fue denegado”.

“Presentó otro proyecto de Tomografía axial computada de cabeza y cuello, por 3 meses gratis con horas de radiólogo dental incluidas, sin costo alguno. Esa prestación era necesaria a nivel provincial, y  el recurrido Díaz Troncoso negó esta opción tanto para el Hospital de Curanilahue como en Arauco y, finalmente, fue presentado el proyecto por la Directora del establecimiento, aceptándolo, pero la gestión de este proyecto no podía pasar por la Subdirección Médica, esto es la doctora, Loreto Arellano Muñoz, es decir, simplemente debía ser ignorada”.

“Todas las situaciones precedentemente planteadas, sin duda, configuran actos de maltrato, acoso laboral y acciones de discriminación arbitrarias e ilegales que vulneran derechos fundamentales de la funcionaria… Así las cosas, es evidente que el recurrido Díaz Troncoso, avalado por el otro de los recurridos, Miguel Canales Carrasco, se encargó a través de acciones u omisiones, arbitrarias e ilegales, de entorpecer el correcto funcionamiento del Hospital de Arauco, con el fin de tener algún argumento para sacarla del cargo que ostentaba, denostarla y denigrarla como persona y como profesional de la salud de nuestro país”.

LEA AQUÍ EL RECURSO DE PROTECCIÓN ANTE LA CORTE DE APELACIONES DE CONCEPCIÓN