¡Lea! Querella por prevaricación administrativa contra Subsecretario Juan Francisco Galli por autorizar obras no esenciales
Por: Daisy Castillo Triviños
Ante el 7º Juzgado de Garantía de Santiago, el abogado, Luis Mariano Rendón, presentó una querella por prevaricación administrativa en contra del Subsecretario del Interior, Juan Francisco Galli, en el contexto de la pandemia por Coronavirus y la cuarentena decretada en el Gran Santiago.
El artículo 228 del Código Penal entiende por prevaricación administrativa “El que, desempeñando un empleo público no perteneciente al orden judicial, dictare a sabiendas providencia o resolución manifiestamente injusta en negocio contencioso-administrativo o meramente administrativo, incurrirá en las penas de suspensión del empleo en su grado medio y multa de once a quince unidades tributarias mensuales. Si la resolución o providencia manifiestamente injusta la diere por negligencia o ignorancia inexcusables, las penas serán suspensión en su grado mínimo y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales”.
En la querella en contra del actual Subsecretario del Interior, a la que “Cápsula Informativa” tuvo acceso, se da cuenta en detalle de los hechos que sustentan la presentación de la querella en contra del funcionario público.
“El aumento explosivo de los contagios y el copamiento de la capacidad de los servicios de emergencia hospitalarios obligaron al Gobierno a decretar cuarentena en todas las comunas del Gran Santiago, más las comunas de San Bernardo, Buin, Puente Alto, Padre Hurtado, Lampa y Colina.
Por la grave situación que, desde antes, afectaba a las comunas de San Miguel y Peñalolén, estas comunas entraron en cuarentena ya el día viernes 8 de mayo. El Ministro de Salud, Enrique Paris, anunció que la cuarentena se mantendrá al menos durante todo junio en la Región Metropolitana y el Presidente de la República, por su parte, resolvió prorrogar por 90 días más el estado de excepción constitucional decretado.
Pese a la gravedad de la situación y a la cuarentena decretada, se ha podido percibir que se mantiene un alto nivel de circulación de personas. Ello, se atribuye al no acatamiento de las normas de restricción vigentes por parte de la ciudadanía… Sin embargo, este querellante ha podido comprobar la existencia de casos de empresas que han sido autorizadas para seguir funcionando pese a que, evidentemente, no cumplen con los criterios de esencialidad establecidos en la normativa vigente.
Esta esencialidad justifica, en los casos que califican, excepcionar a dichas empresas de la cuarentena y tener que exponer así a sus trabajadores y familias al contagio de un virus que, en la Región Metropolitana, es particularmente mortal, todo ello, en los momentos más graves de la pandemia. Un primer caso detectado de actividades no esenciales que siguen funcionando es el de obras de mejoramiento de espacios públicos, calles y veredas, en la comuna de San Miguel… en el sector Llano de Subercasseaux.
Se trata de obras públicas de una dimensión significativa, pues abarcan varias cuadras. No corresponden, bajo ningún concepto, a trabajos clandestinos. Dichas obras necesariamente deben contar con autorización para poder realizarse en medio de la cuarentena y la autoridad encargada de otorgar esas autorizaciones es el Subsecretario del Interior”.
¡En Peñalolén!
El segundo caso de empresas con actividades no esenciales que siguen operando, detectado por este querellante, es el de una constructora que ha sido expresamente autorizada para comenzar la edificación de un proyecto habitacional en calle Antupirén 10.001, comuna de Peñalolén. En ese caso, a este querellante le consta que la autorización expresa fue otorgada por el querellado, el Subsecretario del Interior, Juan Francisco Galli Basili, mediante la Resolución Exenta N° 1.892, de fecha 11 de mayo de 2020 que se acompaña en un otrosí de este libelo. Mediante dicho acto administrativo, el querellado exceptuó a todos los trabajadores de la constructora Noval que laboran en esa obra, casi un centenar, incluyendo a varios que tienen domicilio en la Región de Valparaíso, de la obligación de guardar la cuarentena sanitaria vigente, como se ha dicho, ya desde el viernes 8 de mayo en la comuna de Peñalolén”.
En el texto de la querella, el abogado Luis Mariano Rendón señala: “Será materia de la investigación precisar si el Subsecretario Galli actuó a sabiendas o por negligencia o ignorancia inexcusable y por tanto determinar si el delito se configura en su modalidad dolosa o culposa. Pero, de lo que no cabe duda, es que la autorización para las empresas que ejecutan las obras denunciadas es manifiestamente injusta y pone en evidencia un desprecio absoluto por la vida y salud de los trabajadores que en ellas se desempeñan”.
LEA EL TEXTO COMPLETO DE LA QUERELLA
LEA LA AUTORIZACIÓN DE SEGUIR LAS OBRAS FIRMADA POR SUBSECRETARIO GALLI

