Licencias de conducir profesionales: no podrían obtenerlas personas con antecedentes por delitos sexuales
La Comisión de Transportes y Telecomunicaciones aprobó la idea de legislar sobre una moción en esa línea y ahora corresponde que la Sala se pronuncie.
Listo para ser votado en Sala quedó el proyecto que busca consagrar como inhabilidad para obtener la licencia de conducir profesional, el contar con antecedentes penales por delitos de connotación sexual.
Ello, luego que la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones aprobara en general la iniciativa, originada en una moción de los senadores Fidel Espinoza, Loreto Carvajal, Paulina Núñez, Ximena Órdenes y Yasna Provoste, que modifica la Ley de Tránsito en esa línea.
En lo fundamental, se trata de establecer una suerte de “cortafuegos” para que las personas que cuenten con antecedentes por delitos de connotación sexual no puedan acceder a obtener la licencia de conducir profesional.
Para ello, establece una inhabilidad expresa en la ley, para que quienes posean antecedentes de acoso, abuso o agresión sexual, o derechamente violación u otra forma de ultraje a la dignidad de niños, niñas y mujeres, no puedan acceder a la obtención de una licencia profesional, buscando limitar sus posibilidades de acción delictual, encubriéndose en una actividad económica legítima como es el transporte público de pasajeros.
Según los autores de la iniciativa, “la imposibilidad de que una persona que ya registra antecedentes penales por estos delitos pueda acceder a la licencia profesional de conducir, permitirá ayudar a reducir una creciente estadística, que creemos no es posible seguir aceptando ni normalizar, sobre todo porque más allá de las sanciones aplicadas, los procesos traumáticos para quienes sufren estos vejámenes tienen un alcance insospechado, afectando permanentemente sus vidas”.
Durante el debate el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones dijo estar de acuerdo con aplicar la medida solo a vehículos de transporte de pasajeros .