Reforma Tributaria 2020: Defensoría del Contribuyente, un avance para los microempresarios y dueños de pymes
Por: Daisy Castillo Triviños
Después de 18 meses de tramitación, el Congreso dio luz verde y, por fin, despachó la Reforma Tributaria 2020, que busca aumentar en 2.200 millones de dólares la recaudación anual. ¡Una cifra ambiciosa!
El Ministro de Hacienda, Hernán Briones, recordemos, ha asegurado que este sistema de recaudación será más simple y eficiente. Sin embargo, ya se han levantado voces críticas hacia algunos aspectos, como la abultada cifra que fijó el Ejecutivo, especialmente, considerando el complejo escenario económico por el que atraviesa el país, debido a las consecuencias provocadas por el llamado “estallido social”.
Martín Vila, abogado y académico de la Universidad Diego Portales, en conversación con “Cápsula Informativa”, observa con buenos ojos, esta Reforma Tributaria, en determinadas áreas y sostiene que “esta norma viene a modificar una serie de leyes y códigos en materia tributaria en forma bastante ambiciosa. Lo que se obtuvo parece bastante positivo en términos generales. Por ejemplo, en reducir la incertidumbre que había generado el tener una reforma pendiente durante un año y medio”.
Vila, precisa que “era una reforma necesaria para poder recaudar más. Todos los proyectos de demandas sociales requieren una inmensa cantidad de millones de dólares y lo que ya está anunciado no alcanza a ser financiado con esta reforma en particular, pero, al menos, genera ingresos permanentes respecto de lo básico de las demandas sociales”.
-¿Considera que el sistema de recaudación será, en la práctica, más simple y eficiente?
Creo que es muy optimista el Ministro (de Hacienda) Briones. Cuando uno quiere recaudar más, no necesariamente tiene que subir impuestos. Cuando uno quiere recaudar más, primero, se tiene que preocupar de que los impuestos que existen estén, efectivamente, recaudando lo esperado. Hoy día, la brecha de cumplimiento en Chile no se está cumpliendo y no hay que olvidar que es bastante alta, especialmente, a nivel de impuesto a la renta, no obstante, en el IVA que había sido un impuesto “estrella” por varios años, también ha aumentado en los últimos dos o tres años.
-Frente al no cumplimiento de los niveles de recaudación esperados, ¿cuánta responsabilidad le cabe al Servicio de Impuestos Internos (SII)?
El desarrollo tecnológico, la mayor complejidad de la vida moderna, ha llevado a una serie de reformas que también requieren mayor tecnología, personal más preparado y mayor cantidad de personal. En la Reforma Tributaria de 2014, si bien, se contempló un aumento importante de la planta del servicio, ese aumento de la planta se llenó con los funcionarios que estaban a honorarios o a contrata, por lo tanto, en efectos prácticos, aumentó la planta, pero no aumentó la cantidad de funcionarios y, hoy día, los funcionarios están saturados de pega.
¿Cómo se puede hacer frente a una tremenda reforma con la misma cantidad de funcionarios que tenían antes de la reforma de 2014?
Se hace complejo.
¡Las expectativas!
Martín Vila, muestra cierta cautela respecto a los 2.200 millones de dólares que busca aumentar la nueva reforma y, en ese sentido, tiene sus dudas y plantea que hay exceso de confianza. Esto, dice, porque “en la medida que exista una brecha de cumplimiento tributario importante es difícil y, porque, la economía no tiene buenas expectativas. Tú puedes dejar una tasa de 90% de impuestos y recaudar nada, porque las rentas son cero, si no hay utilidades por más alta que pongan la tasa, no vas a tener recaudación. En consecuencia, lo relevante es mejorar las expectativas económicas del país antes de siquiera sacar el cálculo de dónde está la tasa ideal.
-¿Cómo afectará o beneficiará a los dueños de pymes la puesta en marcha de esta Reforma Tributaria?
El IVA a los servicios digitales les va a afectar aumentándole los costos, pero en una gran medida y es la parte que aplaudo de la Reforma Tributaria, se crea la Defensoría del Contribuyente que va a permitir liberar recursos que, hoy día, significaban un alto costo de cumplimiento tributario. Una pyme, normalmente, tiene un contador que hace el análisis financiero del estado de la empresa, luego unos pocos contadores manejan el tema tributario y tienen un costo, un valor hora, mucho mayor y las exigencias que, hasta el momento, tenían las pymes, eran altísimas.
-Y, ¿ahora?
Todas las Pymes van a quedar liberadas de la tributación completa y estarán en un régimen simplificado. Además, la Defensoría del Contribuyente, les permitirá tener asesoría gratuita. En el caso de los particulares, cuando le realizas una cantidad de exigencias que escapan a sus competencias personales y no tienen suficientes profesionales capacitados para ese cumplimiento, entonces, aumenta el costo y el valor hora de los que sí están capacitados. Eso, significa que una buena parte de los costos de las empresas y no algo marginal, se va hacia el tema tributario y puedes terminar con mayores costos por cumplir con las obligaciones tributarias que por el pago o la recaudación que recibe el Estado por efecto del impuesto.
-¿En qué caso, por ejemplo, un particular (pequeña o mediana empresa) puede recurrir a la Defensoría del Contribuyente que forma parte de la Reforma Tributaria 2020?
Esta Defensoría tiene como principal fin la garantía de los derechos de los contribuyentes establecidos en el Código Tributario y en la Constitución. Estos derechos se han ampliado en el artículo octavo con la Reforma Tributaria, como la privacidad de las comunicaciones, el derecho a una devolución oportuna o el buen trato que debe tener, pero, se estableció un recurso de resguardo que los contribuyentes pueden ejercer en forma administrativa frente a una infracción de esas garantías y la Defensoría del Contribuyente tiene la función de asesorarlos. Lo importante es que se podrá recurrir a un especialista en forma gratuita que los orientará en el tema tributario.
-¿La otra opción es ir a tribunales que implica altos costos y, además, es un proceso largo?
Ahí, la Defensoría del Contribuyente no tiene competencia, pero al establecer este juego entre el recurso de resguardo y las competencias de la Defensoría del Contribuyente, los contribuyentes pequeños se ven beneficiados para establecer el rayado de cancha básico. Los grandes contribuyentes tienen acceso a equipos de abogados y contadores, mientras que los pequeños contribuyentes no tienen los recursos necesarios para tener asesoría.
-¿Se podría generar una suerte de explosión de microempresarios o dueños de pymes que usen el recurso de resguardo?
Es lo que yo espero, que, efectivamente, terminemos en una explosión de peticiones que, por vía, administrativa resguarden los derechos de los contribuyentes ante el Servicio de Impuestos Internos. Probablemente, la Defensoría del Contribuyente va a establecer un estándar de cuándo procede y cómo es la mejor forma de obtener una devolución que está demorada, por ejemplo. Si se llegara a tensionar el sistema a tal punto que el SII no da abasto y se empieza a demorar más allá de la ley, lo lógico es que la autoridad tome una decisión en el sentido de simplificar el trámite que da motivo a esto o contratar más personal.
-¿Ante quién o quiénes se interpone el recurso de resguardo?
Ante el director regional del Servicio de Impuestos Internos (SII), a menos, que el recurso sea contra el director regional y, en ese caso, se interpone ante el director nacional del Servicio de Impuestos Internos (SII). Se tiene que trabajar bajo el principio de eficiencia.
-¿Hay algún riesgo detrás de la Defensoría del Contribuyente?
Tal como está concebida, donde no tiene la facultad de representar al contribuyente en términos judiciales, no veo riesgo. Distinto sería si tuviera la facultad de representación judicial, porque ahí el atochamiento se produciría en tribunales.
-¿Existen en otros países modelos similares de Defensoría del Contribuyente?
Sí, en México ha funcionado bastante bien. El modelo de Defensoría del Contribuyente es eficiente y a lo que se opone a lo mismo que ocurría en Chile donde el mismo Servicio de Impuestos Internos asumía una labor orientadora, pero que también significa desviar recursos y una cierta incompatibilidad entre el que asesora y que después tiene que examinar y, eventualmente, sancionar al contribuyente que asesoró.
-¿Estábamos al debe?
Sí, estábamos al debe, porque los acuerdos a nivel global sobre fiscalización, hoy día, son el gran tema. Lo que se llama la erosión de la base imponible es el gran tema de fiscalización a nivel internacional.
-Tengo entendido que, junto al recurso de resguardo, el contribuyente se puede acoger a mediación y también existe el recurso jerárquico, ¿cómo opera éste?
El recurso jerárquico consiste en la revisión de lo resuelto por un director regional respecto de una Reposición Administrativa Voluntaria, por parte de su superior jerárquico que, en este caso, será el director nacional, .
-¿En qué casos, por ejemplo, se aplica el recurso jerárquico?
Me llegó una liquidación que dice que debo pagar impuesto por algo que hice hace 2 ó 3 años y no me habían dicho nada hasta el día de hoy. Lo que corresponde es ver si está bien hecha la liquidación y la Defensoría del Contribuyente tendrá contadores en el área tributaria para revisar si la labor que hizo el fiscalizador especialista en ese tipo de impuesto, puede ser impuesto a la Renta, el IVA, está bien hecho y si no está bien hecho, se presentará un recurso de reposición administrativa en contra de la liquidación para que el director regional del SII lo corrija, y si él mismo rechaza la solicitud, vulnerando el derecho, procede el recurso jerárquico correspondiente ante el director nacional. Pero como estamos en Chile, quedó un vacio en cuanto al procedimiento, pues la reforma facultó al mismo director nacional para fijarlo mediante resolución, y como resultaba naturalmente obvio, el Tribunal Constitucional dejó sin efecto dicha delegación de la facultad legislativa.