Juan Jose Srdanovic

La ex directora regional de Vialidad, Valeria Oyarzo Benítez, una vez más está en el ojo del huracán luego de que la Contraloría Regional de Magallanes remitiera nuevos antecedentes al Juzgado de Garantía de Punta Arenas, los cuales tienen referencia a su delicada situación administrativa.

Hay que señalar que en el oficio fechado el 9 de septiembre de 2026, emitido en respuesta a una solicitud del tribunal en la causa RIT O-4015-2026, la Contraloría informó que una investigación administrativa instruida anteriormente por la Dirección de Vialidad concluyó con el sobreseimiento de la funcionaria. Sin embargo, el mismo documento agrega un antecedente posterior de especial relevancia: mediante oficio OF54014, de 19 de marzo de 2026, el órgano contralor ordenó iniciar un nuevo procedimiento disciplinario al haberse verificado una circunstancia que pudo afectar la imparcialidad de la servidora pública.

En el Oficio N°54014 de la Contraloría Regional de Magallanes y de la Antártica Chilena se indica de manera textual lo siguiente: “se denuncia la intervención de la Directora de Vialidad de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena en la aprobación de modificaciones contractuales que habrían generado beneficios a su cónyuge, así como la participación de funcionarios del Departamento Regional de Administración y Gestión de Contratos en labores de inspección fiscal, modificaciones contractuales y comisiones de recepción de obras, respecto de empresas para las cuales habrían prestado servicios con anterioridad, sin que hubiese transcurrido el plazo legal de dos años desde el término de dicha vinculación.

La información es relevante, porque la denuncia original se refería a un eventual conflicto de interés derivado de la relación entre Valeria Oyarzo y actividades comerciales desarrolladas por su cónyuge, Juan Bendek Antiquera, vinculadas eventualmente con empresas contratistas del Ministerio de Obras Públicas. La propia funcionaria había informado previamente su inhabilidad para intervenir en asuntos relacionados con esas actividades, invocando las normas sobre probidad administrativa.

En 2023, la Contraloría había concluido que los antecedentes disponibles en ese momento, no permitían establecer que las empresas del cónyuge hubieran prestado servicios a FLESAN S.A. o Estudios Magallánicos Ltda. en los contratos examinados, por lo que no estimó acreditada una vulneración de los principios de probidad, transparencia u objetividad. ¿Y qué fue lo que estableció la Contraloría? Lo siguiente: “que si bien, la funcionaria participó en los contratos cuestionados en el ejercicio de sus funciones institucionales, no se advirtieron elementos que permitieran inferir fundadamente la existencia de un conflicto de interés ni la vulneración de los principios de probidad, transparencia u objetividad, conforme a lo dispuesto en el artículo 8° de la Constitución Política de la República y en los artículos 52 y 62 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, razón por la cual se resolvió desestimar las alegaciones formuladas en esa oportunidad”.

LA CIRCUNSTANCIA CLAVE

La respuesta entregada ahora al Juzgado de Garantía de Punta Arenas, deja en evidencia que el análisis administrativo no terminó definitivamente con aquella conclusión de imparcialidad por parte de la aludida servidora, ya que, posteriormente, la propia Contraloría ordenó el inicio de un procedimiento disciplinario, respecto de la aludida servidora, por haberse verificado una circunstancia que pudo afectar su imparcialidad.

De este modo, el antecedente conocido en los últimos días obliga a distinguir entre el sobreseimiento decretado en un procedimiento anterior y la existencia de una investigación disciplinaria posterior, ordenada directamente por la Contraloría en marzo de 2026.

Será el resultado de este último procedimiento el que permita establecer si existen o no responsabilidades administrativas derivadas de los hechos actualmente sometidos a revisión.

EL DEBER DE ABSTENCIÓN DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS

El abogado, Juan Srdanovic sostiene que en el marco de un proceso penal que es seguido por el Juzgado de Garantía, se emitió un informe por parte de la Contraloría que da cuenta de una serie de irregularidades que tienen que ver con una situación de no cumplimiento del deber de abstención de parte de ciertos funcionarios públicos. Dentro de estos funcionarios está incluida la ex directora de Vialidad, por el cual la Contraloría ordenó la apertura de un nuevo proceso disciplinario. Recordemos que ella, ya había sido sobreseída en un proceso similar que se inició en 2023”.

El jurista indicó que “la Contraloría ordenó la apertura de un nuevo proceso disciplinario a fin de que se investigue situaciones donde ella habría firmado cierta documentación relacionada con licitaciones donde participaba su marido, prestando servicio. Ante estas circunstancias, la Contraloría cumpliendo una orden del tribunal ha emitido un oficio donde corrobora y da a conocer esta situación y, en esas circunstancias, se ratifica también la orden de iniciar un proceso sumario para investigar las responsabilidades de los funcionarios por este tipo de situación que es anómala y que atenta contra lo que está establecido por la Ley N° 19.880 que establece el deber de abstención de los empleados públicos”.